Estudio Juridico Solorzano, Bartolome, Ñiquen & Asociados

  • Casa
  • Peru
  • Huacho
  • Estudio Juridico Solorzano, Bartolome, Ñiquen & Asociados

Estudio Juridico Solorzano, Bartolome, Ñiquen & Asociados Somos un Estudio Jurídico comprometido con la defensa legal y una amable atención en Lima Provincias

📚¿ME PUEDEN DESPEDIR POR PRESENTAR CERTIFICADOS MÉDICOS PARA AUSENTARME A MI CENTRO DE LABORES?En la Casación Laboral 12...
19/06/2023

📚¿ME PUEDEN DESPEDIR POR PRESENTAR CERTIFICADOS MÉDICOS PARA AUSENTARME A MI CENTRO DE LABORES?
En la Casación Laboral 12381-2015- Lambayeque queda establecido que SÍ, en el caso detalla que un trabajador de la SUNAT frente a la negativa del empleador de acceder al sistema informático para realizar sus actividades y g***r de una licencia sin goce de haber el día 27 de julio de 2011, este procedió a presentar un certificado médico falso, lo que constituiría una falta muy grave según el artículo 25° del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, ya que se percibía era con la intención de causarle un perjuicio u obtener una ventaja, por lo que, se procedió con el despido.
Consonante a lo advertido, es menester aclarar que, el demandante no proporcionó medios de prueba para observar un nexo causal donde esta extinción del contrato recaería dentro del despido arbitrario, esto es que no se encontró indicios que haya sido hostilizado, considerando además que, el día 27 de julio de 2011 falta adjuntando un certificado médico el cual el médico quien autoriza el certificado no existe en RENIEC.
Por lo advertido el colegiado consideró que el despido en base a los supuestos relacionados al presente son justificados.
Sin embargo, es preciso señalar que con nuestra asesoría personalizada y una estrategia bien planteada se puede obtener resultados favorables en protección al trabajador.
💠Contáctanos:
📲 923 137 339
📧 [email protected]
*Consultas presenciales previa cita.

👨‍👩‍👧 En materia familiar la tenencia es el atributo más importante que le concede la patria potestad, exclusivamente a ...
15/06/2023

👨‍👩‍👧 En materia familiar la tenencia es el atributo más importante que le concede la patria potestad, exclusivamente a los padres legales, pueden ser ambos (lo cual es la regla según la reciente modificatoria mediante la ley 31590) o uno de ellos considerado el Derecho de tener consigo a sus hijos, de compartir una vida en común, bajo el mismo techo.
Sin embargo, el Pleno Jurisdiccional de Familia Lima Este-2018 abrió la posibilidad que los abuelos puedan demandar la tenencia, amparándose en la tutela que suple a la patria potestad del menor o sus derechos, al respecto en este punto la jurisprudencia y doctrina resulta escasa para determinar su aplicación de manera ordinaria, por lo que, consideramos una excepción que no se ajusta a Derecho, y por ende debe estar fundamentado robustamente respetando el Interés Superior del Niño.
💠Contáctanos:
📲 923 137 339
📧 [email protected]
*Consultas presenciales y/o virtuales previa cita.

📖 El concepto de trabajo infantil no está limitado a pensar que es cualquier actividad que realiza un menor de edad, en ...
15/06/2023

📖 El concepto de trabajo infantil no está limitado a pensar que es cualquier actividad que realiza un menor de edad, en el Perú por ejemplo la edad mínima para trabajar es de 14 años (aunque ciertamente debe contar con los permisos especiales que establece la ley) siempre y cuando no se atente contra su salud y desarrollo, entonces para establecer que es el trabajo infantil prohibido es necesario que la conducta sea: i)peligrosa y perjudicial para el bienestar física, mental y moral del niño/a ii)interfiere con su escolarización puesto que le priva de la posibilidad de asistir a clases, al respecto la OIT refiere que obligar a un menor a trabajar es atentatorio contra los Derechos Humanos Fundamentales, relacionando además que, el trabajo infantil acrecienta la pobreza situación que se busca revertir.
El Código Penal en el Perú, en el artículo 129 - O, lo considera como trabajo forzoso y se da cuando supone: i) prestación de un servicio o trabajo ajeno, el cual puede ser legal o ilegal, remunerado o gratuito.; ii) Falta de voluntad para realizar el trabajo o servicio. La prestación del servicio no se ofrece voluntariamente, es decir, sin el consentimiento de la víctima, tanto para el inicio del trabajo como su continuación o salida.
💠Contáctanos:
📲 923 137 339
📧 [email protected]
*Consultas presenciales previa cita.

En el Día Mundial Contra el Trabajo Infantil, advertimos que la persona que a un niño a trabajar será reprimida con entre 15 y 20 años de cárcel. ✋🏾

EL DERECHO PROCESAL LABORAL TIENE SUS PRIMEROS CIMIENTOS BAJO LA LEY 27497, SIN EMBARGO, ES MENESTER SABER QUE:📗📑"El Der...
07/06/2023

EL DERECHO PROCESAL LABORAL TIENE SUS PRIMEROS CIMIENTOS BAJO LA LEY 27497, SIN EMBARGO, ES MENESTER SABER QUE:

📗📑"El Derecho del Trabajo es un derecho social y las reglas de las cosas (Derecho Civil Patrimonial) no se aplican a los hombres, porque los hombres tienen algo particular y es la dignidad" | expresión del Magistrado Gino Yangali Iparraguirre.
Pdensamiento. Si bien la norma procesal laboral prevé la aplicación supletoria del CPC más allá de la normologia, los antecedentes de este y la regulación privativa, en estricto, dista del derecho del trabajo. A propósito de ello hoy cobra gran valor la aplicación del derechos humanos laborales.

Dirección

Calle Alfonso Ugarte N° 289 Segundo Piso, Oficina 2
Huacho
15136

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Estudio Juridico Solorzano, Bartolome, Ñiquen & Asociados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Estudio Juridico Solorzano, Bartolome, Ñiquen & Asociados:

Compartir