19/06/2023
📚¿ME PUEDEN DESPEDIR POR PRESENTAR CERTIFICADOS MÉDICOS PARA AUSENTARME A MI CENTRO DE LABORES?
En la Casación Laboral 12381-2015- Lambayeque queda establecido que SÍ, en el caso detalla que un trabajador de la SUNAT frente a la negativa del empleador de acceder al sistema informático para realizar sus actividades y g***r de una licencia sin goce de haber el día 27 de julio de 2011, este procedió a presentar un certificado médico falso, lo que constituiría una falta muy grave según el artículo 25° del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, ya que se percibía era con la intención de causarle un perjuicio u obtener una ventaja, por lo que, se procedió con el despido.
Consonante a lo advertido, es menester aclarar que, el demandante no proporcionó medios de prueba para observar un nexo causal donde esta extinción del contrato recaería dentro del despido arbitrario, esto es que no se encontró indicios que haya sido hostilizado, considerando además que, el día 27 de julio de 2011 falta adjuntando un certificado médico el cual el médico quien autoriza el certificado no existe en RENIEC.
Por lo advertido el colegiado consideró que el despido en base a los supuestos relacionados al presente son justificados.
Sin embargo, es preciso señalar que con nuestra asesoría personalizada y una estrategia bien planteada se puede obtener resultados favorables en protección al trabajador.
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