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Falta de coherencia, persistenvia y corroboracion periférica de la versión incriminatoria son suficientes para archivar ...
07/05/2026

Falta de coherencia, persistenvia y corroboracion periférica de la versión incriminatoria son suficientes para archivar la denuncia por violación sexual en grado de tentativa.

Una buena intervención oportuna y eficaz de la DEFENSA en la entrevista única en camara gessell en delitos sexuales pued...
19/01/2026

Una buena intervención oportuna y eficaz de la DEFENSA en la entrevista única en camara gessell en delitos sexuales puede conllevar al archivo del caso en favor de tu patrocinado 👉

Fiscalia Superior de Lima declara FUNDADO nuestro recurso de elevación de actuados y ORDENA que se Formalice la Investig...
22/12/2025

Fiscalia Superior de Lima declara FUNDADO nuestro recurso de elevación de actuados y ORDENA que se Formalice la Investigación Preparatoria por el delito de violacion sexual en agravio de nuestra patrocinada.

La agraviada habria sido victima de violación sexual en reiteradas oportunidades, desde los 16 años, cuando estudiaba en el Colegio Leoncio Prado de Hco., siendo la última agresión sexual en Lima.

19/11/2025

ABSUELTO!

De esta manera termina nuestra defensa en Pasco, en el juicio oral seguido contra mi patrocinado por el delito de Actos contra el pudor en agravio de una menor de edad de 13 años.

En nuestro alegatos destacamos 3 puntos:

Antecedentes de este caso. Advertimos que inicialmente cuando la fiscalia habia terminado su investigación su decisión fue la de sobreseer la causa, la cual fue rectificado en consulta por el fiscal superior quien ordeno que se acuse, pero ojo, se acusó con los mismos elementos de convicción que sustentaron inicialmente el sobreseimiento, por otro lado, se advirtió que en juicio no haya concurrido ningún órgano de prueba, ni testigos ni peritos, y conforme a la CAS. 117-2016, se debe tomar en cuenta los antecedentes del caso en delitos sexuales, esto es la falta de interés del denunciante,

Analisis de la version de la agraviada: Se sostuvo que debería tomarse en cuenta los hechos previos a la entrevista en cámara gesell de la agraviada, pues se aprecia un contexto de violencia física, psicológica y de coacción en la que se vio sometida la agraviada, lo cual quedó acreditada con el certificado médico legal y con su propia entrevista donde la menor afirmaba haber sido agredida de forma física y psicológica por sus padres, la cual le resta credibilidad a su versión incriminatoria, por otro lado se advirtió que habiam razones para dudar de la credibilidad de la versión de la víctima pues habia una denuncia previa interpuesta contra su progenitor, se advirtio tambien que su versión no tenía corroboración periférica, pues no existen pruebas directas o indirectas mas aun si del informe pericial psicológico se determinó que la menor no tiene afectación emocional relacionados a los hechos materia de investigación.

Por último se desarrolló la INSUFICIENCIA PROBATORIA, esto es, la inexistencia de prueba de cargo adquirida y actuada que sean suficientes para destruir el manto de protección de la presuncion de inocencia, como lo prevé la Cas. 957-2019 Ica.

Con todo lo cual solicitamos la ABSOLUCIÓN y se declare NO A LUGAR al pago de la reparación civil.💪

Fiscalia Superior Penal declara FUNDADO nuestro recurso de elevación y ordena al Fiscal Provincial que formalice la Inve...
14/11/2025

Fiscalia Superior Penal declara FUNDADO nuestro recurso de elevación y ordena al Fiscal Provincial que formalice la Investigación Preparatoria por el delito de tocamientos indebidos o actos de connotación sexual o libidinosos en agravio de un menor de edad.

La Fiscalía Superior Penal, tomando en cuenta los fundamentos de nuestro recurso de elevación, consideró sesgado el análisis de la versión del investigado; luego, concordando con el argumento de esta defensa, cuestionó el archivo sosteniendo que no se puede condicionar la existencia del delito objeto de pronunciamiento a la existencia de una afectación psicológica en la víctima, asimismo, cuestionó también que se ha realizado un análisis sesgado de los hechos planteados a investigación, pues se ha limitado el factum de corroboración sólo a los presuntos tocamientos a la menor en el hombro y espalda, perdiendo de vista que los citados tocamientos - en el hombro y espalda- representaban actos que instrumentalizaban la verdadera intención del agresor, que era de darle un beso a la menor y ésta no lo permitió; con todo lo cual declararon fundado nuestro recurso de elevación de actuados, desaprobaron el archivo e instruyeron al fiscal responsable de la investigación que formalice la investigación preparatoria.

Un dato adicional. El superior en grado, ordenó al fiscal provincial, que recabe la declaración de los profesionales de la UDAVIT en calidad de testigos, el mismo que venia siendo negado por el fiscal responsable a pesar que la Sala Penal de Apelaciones de Hco., en el incidente de inadmisión de diligencias sumariales ya había emitido un pronunciamiento favorable sobre este tema. 😎💪

Después de la ABSOLUCION obtenida, me estaba preparando para un juicio de segunda instancia, pero me acaban de notificar...
13/11/2025

Después de la ABSOLUCION obtenida, me estaba preparando para un juicio de segunda instancia, pero me acaban de notificar la resolución que declara consentida la sentencia, y para sopresa, NO APELO ni el Ministerio público ni la parte agraviada.

Ahora si, caso cerrado 💪

Muy pronto, inauguración de nueva oficina! 😎Jr. 28 de julio N 566, 3er piso, oficina 307 - Huánuco. ✍️
29/10/2025

Muy pronto, inauguración de nueva oficina! 😎

Jr. 28 de julio N 566, 3er piso, oficina 307 - Huánuco. ✍️

Audiencia de Casación ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. En esta oportunidad se interpuso el recurso de ...
24/09/2025

Audiencia de Casación ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.

En esta oportunidad se interpuso el recurso de casación contra la sentencia de vista expedida por la Sala Penal de Apelaciones de Ayacucho, que confirma la condena impuesta contra mi patrocinada por el delito de favorecimiento al consumo ilegal de dr**as tóxicas (Art. 296 en concordancia con el 297.7 del Código Penal), y le impone 15 años y 6 meses de pena privativa de la libertad y el pago de 45000 soles por concepto de reparación civil.

Segun el auto de calificación de casacion, el recurso fue admitido para desarrollar 3 temas en concreto. a) vulneración al principio de congruencia recursal puesto que el tribunal superior se habria pronunciado por materias no recurridas, es decir, su decisión es ultra petita, b) la falta de examen de la determinación de la pena que justifique los 15 años y 6 meses de PPL, pues no seria proporcional elexceso de 1kg y medio de la sustancia ilícita por encima del tipo base y c) la motivación insuficiente para fijar el monto de la reparación civil en la suma de 45000.

Despues de la sustentación correspondiente, la causa quedó para sentenciar 💪

Juzgado de Investigación Preparatoria de Ambo declara FUNDADO nuestra solicitud de TUTELA DE DERECHOS y ordena al MP que...
01/09/2025

Juzgado de Investigación Preparatoria de Ambo declara FUNDADO nuestra solicitud de TUTELA DE DERECHOS y ordena al MP que precise imputación concreta por los delitos de falsificación de documentos y falsa declaración en procedimiento administrativo.

"La comunicación detallada de la imputación no puede quedar rezagada a la etapa intermedia o juzgamiento, pues el derecho de defensa se ejerce desde el primer momento de la imputación" es la conclusión del Juez de Garantías.

Audiencia de Sustitución de Pena y aplicación de Control Difuso en ejecución de sentencia por el delito de violación sex...
21/08/2025

Audiencia de Sustitución de Pena y aplicación de Control Difuso en ejecución de sentencia por el delito de violación sexual previsto en el Art. 170 del C.P.

Conforme establece el Art. 6 del Código Penal "La Ley Penal aplicable es la vigente en el momento de la comisión del hecho punible. No obstante, se aplicará la más favorable al reo, en caso de conflicto en el tiempo de leyes penales. Si durante la ejecución de la sanción se dictare una ley más favorable al condenado, el Juez sustituirá la sanción impuesta por la que corresponda, conforme a la nueva ley".

Por otro lado, la Casacion 1260-2022 -Lima, que constituye precedente vinculante establece que por el control difuso, o llamado también revisión judicial de las leyes, se encarga a los jueces la tarea de interpretar y aplicar la ley al caso en concreto respetando el principio de supremacía constitucional, en virtud del cual pueden inaplicar una Ley por ser incompatible con las normas constitucionales, para el cual se ha fijado reglas para el adecuado uso del control difuso.

Con estas premisas normativas se busca sustituir una pena efectiva por una pena suspendida. 😎

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