Tercer Juzgado Civil de San Juan de Lurigancho - web de investigación

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¿ES POSIBLE CULMINAR UN PROCESO Y EVITAR OTRO FUTURO MEDIANTE LA CONCILIACIÓN?👍 SI ES POSIBLE. A continuación 👇 nuestra ...
10/07/2025

¿ES POSIBLE CULMINAR UN PROCESO Y EVITAR OTRO FUTURO MEDIANTE LA CONCILIACIÓN?

👍 SI ES POSIBLE. A continuación 👇 nuestra experiencia, plasmada en una conciliación realizada en audiencia el día 25 de junio del 2025. Aplicacion de los principios del proceso en favor del logro de sus fines, a través del siempre difícil acuerdo entre las partes.

Caso se presentó en Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de SJL

𝗠𝗘𝗗𝗜𝗔𝗡𝗧𝗘 𝗖𝗢𝗡𝗖𝗜𝗟𝗜𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗜𝗔𝗟 𝗘𝗡 𝗢𝗥𝗔𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗖𝗜𝗩𝗜𝗟 𝗦𝗘 𝗥𝗘𝗦𝗢𝗟𝗩𝗜Ó 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗜𝗡𝗠𝗘𝗗𝗜𝗔𝗧𝗢

Con esta salida alternativa se evitó un largo trámite y un segundo proceso judicial.

✍El Tercer Juzgado Civil de San Juan de Lurigancho -a cargo del juez titular Javier Jiménez Vivas- realizó una conciliación sobre desalojo, que puso fin a dicho proceso y -a la vez- evitó uno siguiente sobre pago de mejoras. La peculiaridad del proceso fue que, mientras el demandante era el propietario del terreno -de lo que tenía pruebas y reconocía la demandada-, por su lado, la demandada había construido sobre este -de lo que tenía pruebas y reconocía el demandante-. Si bien conforme al Cuarto Pleno Casatorio Civil, el pago de mejoras queda excluido de los procesos de desalojo, en el caso en concreto, ambas partes veían su problema como uno solo, de tal manera que la posibilidad de conciliar el proceso de desalojo fracasaba si sólo se veía el tema de la posesión.

Entonces, el mejor ambiente para la conciliación, era uno que también considerase como inminente un proceso sobre pago de mejoras. Por ello, previo estudio del expediente y luego de iniciada la audiencia única, el juez del despacho propuso al demandante y a la demandada la solución de sus diferencias mediante la conciliación. A continuación, mediante preguntas a una y otra, llevó a estas a ese doble escenario, en el cual las partes poco a poco dieron forma a su acuerdo de solucionar su conflicto sobre la posesión del bien, pero también con alcances respecto del pago de las mejoras.

El acuerdo de las partes consistió en tres puntos. El primero, que la demandada entregará la posesión del bien luego de que el demandante le pague el valor de lo construido. El segundo, que el valor será fijado por perito designado por el juzgado. El tercero, que ambas respetarán el valor calculado pericialmente. Así, una institución que es un medio probatorio, imaginativamente puede ser utilizada con otros fines, con el acuerdo de las partes y a favor de la solución de los conflictos.

Y si hablamos de finalidades, el proceso tiene la de lograr la paz en justicia, que puede ser alcanzada mediante la asignación de derechos que hace el juez en sentencia, pero que de seguro lo será si las propias partes participan de la solución del conflicto. En el logro de ese fin, el juez tiene la tarea de conocer los hechos del conflicto para resolver, pero puede variar esta si las partes se suman con decisión en la solución de sus diferencias.

Como sabemos, lo acordado en una conciliación judicial no solo pone fin al proceso con efectos sobre el fondo de lo discutido, conforme al inciso 2 del artículo 322 del Código Procesal Civil, sino que, además, tiene valor de cosa juzgada, de acuerdo al artículo 328 de dicho cuerpo normativo.

ETII Oralidad Civil

El   es una herramienta que impulsa la celeridad procesal, pero antes de eso, sustenta la calidad de más resoluciones. E...
15/11/2023

El es una herramienta que impulsa la celeridad procesal, pero antes de eso, sustenta la calidad de más resoluciones. El enfoque meramente cuantitativo es bueno hasta cierto punto, luego, si no escala a un plan cualitativo, puede ser perjudicial. Es importante saber que un buen número de casos están encontrando sentencia debajo del medio año e, incluso, en menos de 100 días (entre los que destacan 2 con 53 y 50 días entre demanda y sentencia, respectivamente), pero es más serio el hecho de que son muchos los procesos que aún tardan más tiempo. Se requiere del concurso de todos para mejorar nuestro sistema de justicia. El trabajo continúa.

Conozca al juez que usa técnicas de legal design o diseño legal para que sus sentencias sean emitidas con un lenguaje claro y comprensible.

MUCHAS GRACIAS POR SU COLABORACIÓN (👇 clic en la imagen 👇)..... Encuesta culminada el 26.08.23.
11/08/2023

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17/07/2023

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21/06/2023

En adelante, esta página será destinada a estudios y a la investigación social, jurídica y tecnológica. Contamos con Usted.

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30/05/2023

SIGA LA PÁGINA WEB del nuevo "MODULO CIVIL CORPORATIVO DE LITIGACIÓN ORAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO", ingresando al link del primer comentario y haciendo clic en ME GUSTA. Muchas gracias.

04/04/2023

En adelante, siga los canales oficiales del "Módulo Civil Corporativo de Litigacion Oral de SJL" (👇🏻lea el comentario 👇🏻)

24/03/2023

Próximos grandes cambios en esta página debido a la adopción del Modelo de Oralidad Civil (lea el comentario debajo 👇🏻)

AUDIENCIAS VIRTUALES (jueves 23 de marzo del año 2023).
22/03/2023

AUDIENCIAS VIRTUALES (jueves 23 de marzo del año 2023).

22/03/2023

ENTREGA DOCUM. exp. PARES: VIERNES 31 MARZO 2023, entre 9 a 12 horas. Venga sin cita ese día. (👇lea el comentario antes👇)

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