Hanan Iuris Dogmática Jurídica

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PERÚ ESTADO ZOMBINo puede haber golpe de Estado en un Estado corrupto, en un Estado Zombi, este mismo Estado corrupto es...
29/11/2025

PERÚ ESTADO ZOMBI
No puede haber golpe de Estado en un Estado corrupto, en un Estado Zombi, este mismo Estado corrupto esta diseñado par no poder ser derrocado para reproducirse, e infectar las bases de la política y de la democracia, claro ejemplo es lo sucedido en el caso de Pedro Castillo.
Entre otras situaciones, la lesividad de la acción recaería a un Estado legitimó, (que paradójicamente trataba de serlo con el mismo gobierno de Castillo), es la lesividad la que determina el delito, es como matar a un mu**to, o en este caso a un zombi,
Absurda Sentencia a peruano Pedro Castillo.
No se podría entender el Derecho Penal sin entender el principio de lesividad, con algunas connotaciones, ni ningún buen abogado que se considere ser buen penalista podría rechazar las categorías o dogmas del Derecho penal.
entre las connotaciones que tiene de resaltante la conducta de Castillo, es que este al afirmarse que no tenía respaldo ni militar ni policial, pues su acción es inidónea, lo que en el sistema normativo penal peruano está regulado en el Art. 17° de su Código Penal.
este artículo señala que la tentativa es inidónea cuando el medio empleado es inidóneo para cometer el delito, y cuando la conducta recae en un objeto impropio (absoluta impropiedad del objeto), refiriéndose a la lesividad.
Si indicamos que Perú es un Estado zombi, entonces la enfermedad no está en el agente que trataría de cambiar ese Estado zombi por un Estado sano y legítimo, democráticamente, como lo representaba Castillo, sino la acción de castillo, podríamos afirmar que su acción es en legítima defensa, defensa de su propio país, si queremos decirlo, lo cual que como presidente de la república estaría exento de responsabilidad penal pues en ambas hipótesis las acciones no son punibles.

06/09/2024

Delito e igualdad.
Escena II
Dentro Segismundo.

Sólo quisiera saber
para apurar mis desvelos.
(dejando a una parte, cielos,
el delito de nacer),
qué más os pude ofender
par castigarme más.
¿No nacieron los demás?
Pues si los demás nacieron,
¿qué privilegios tuvierón
que yo no goce jamás?

La vida es sueño. Calderón de la Barca

24/09/2023

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24/09/2023

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09/09/2023

(...) diabolico es pretender una ciencia sin consciencia, ya que la materia, en terminos de fines o valores estan dentro del Derecho en la misma unidad del conocimiento jurídico (...). La forma jurídica permite el cumplimiento del fin subyacente de relevancia para el derecho. MONEREO PEREZ, José Luis. Estudio preliminar de: El pensamiento jurídico de Ihering y la dimension funcional del derecho (2011) en: "El fin en el Derecho" por Rudolf V. Ihering. España: Editorial Comares. pág. XV

26/08/2023
13/08/2023

Metodología:
"La función y los objetivos de la metodología jurídica están orientados hacia la práctica. La metodología se propone elucidar la práctica de la realización del derecho por la actividad de instituciones judiciales y administrativas, explicando todos los procedimientos interpretativos que engloba esta actividad. La elucidación metodológica es útil, incluso indispensable, para que el Juez u otro agente del derecho puedan elaborar una decisión bien fundada". Valentin Petev. (1996). Metodología y Ciencia Jurídica en el Umbral del Siglo XI. Colombia: Universidad de Externado de Colombia. págs. 31 y 32

12/08/2023

Los derechos fundamentales son el resultado de luchas históricas contra amenazas en el ámbito del individualismo, y, como tales, se han formado históricamente de forma independiente unos de otros. Cada derecho fundamental tiene su propia historia, que, muchas veces, incluso es diferente en los distintos países. FRITZ OSSENBÜHL. (1991). LAS LIBERTADES DEL EMPRESARIO SEGÚN LA LEY FUNDAMENTAL DE BONN. Puede encontrase en:

12/08/2023

Entender los "antecedentes" usualmente se refieren a leyes anteriores derogadas, o jurisprudencia, o incluso al tracto sucesivo sobre una situación jurídica determinada. Nada más distinto son los antecedentes de principios constitucionales que se refieren a los hechos, situaciones, intereses, que originaron y originan los principios constitucionales en la Constitución y necesariamente en vinculacion directa a la sociedad donde se aplicara la norma fundamental, por eso FRITZ OSSENBÜHL afirma que cada derecho fundamental tiene su historia.

08/04/2023

Ovide Decroly introdujo el concepto de globalización como proceso de aprendizaje de los infantes (niños), postulaba que los niños aprenden sin distinguir los elementos o particularidades de un todo, en ese proceso realizaba todas sus acciones con ese enfoque globalizante. el mismo autor añade algo interesante, afirma que despues del proceso de globalización el infante empezaba a analizar las partes del todo, es decir, desenfocaba su atención en los elementos que componen el todo. Esa logica resulta interesante en el Derecho, pues si hablamos de una globalización como proceso de aprendizaje de la sociedad el efecto natural posterior es una descomposición de un Derecho global.

22/07/2022

"la simple validez formal de las normas han añadido la necesidad de la valoración de su validez material". ORTEGA Gomero y HERÁNDEZ Carlos Arturo (Coords). (2018). Principios, Ponderación y Pretensión de Corrección en el Constitucionalismo discursivo de Robert Alexy. Estado de México: Derecho Global Editores S.A de C.V. pág.13

22/07/2022

"(...) la verdad de las premisas fácticas opera como criterio de corrección de las decisiones judiciales (...)". DEI VECCHI, Diego. (2020). LOS CONFINES PRÁGMATICOS DEL RAZONAMIENTO PROBATORIO. Lima-Perú. Editorial Zela. Pág. 24

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