04/07/2025
🚨 ¡Nueva jurisprudencia sobre control difuso en el Perú! 🚨
Mediante la Casación N.º 1266-2022-LIMA, publicada el 23 de junio de 2025 en el Diario Oficial El Peruano, la Corte Suprema fijó criterios vinculantes sobre el control difuso, delimitando su aplicación por parte de los jueces dentro del marco constitucional. 👏
Mediante su quinto considerando establecieron 5 reglas a las cuales deberán sujetarse los jueces que vean litis en materia constitucional:
1. En su obligación de motivar las decisiones judiciales, deberán resolver conforme a derecho.
2. Al resolver un caso e identificar la normativa aplicable, deberán presumir la constitucionalidad de las leyes y atender su carácter vinculante.
3. El ejercicio de este poder-deber es excepcional y residual, solo será posible tras haber superado el juicio de relevancia de la norma cuestionada y haber agotado los esfuerzos por una interpretación conforme a la Constitución.
4. Es imprescindible identificar los derechos fundamentales involucrados, así como la finalidad constitucional legítima de la medida de intervención.
5. Deben examinar en forma preclusiva si la medida es adecuada para la finalidad perseguida, si hay otra medida de mayor o igual idoneidad y realizar un examen de ponderación de los derechos fundamentales involucrados. 💡