14/04/2021
LEY DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL – MODIFICACIONES: AUDIENCIAS DE CONCILIACIÓN YA SE REALIZARÁN VIRTUALMENTE
Los centros de conciliación extrajudicial ya podrán dirigir sus audiencias mediante medios electrónicos u otros similares, garantizando la identificación, capacidad y la comunicación de las partes (A distancia); por lo que ya no será necesario que las partes de apersonen y desplacen al centro de conciliación.
Se ha establecido en ese sentido la modificación del artículo 10 de la Ley de Conciliación, la misma que fue aprobada mediante la Ley N° 31165, publicada el martes 13 de abril de 2021 en el diario oficial El Peruano.
Esta norma tiene como principal propósito que las audiencias de conciliación se puedan realizar mediante reuniones remotas (virtuales) que podrán ser utilizando aplicativos como GOOGLE MEET, ZOOM u otros similares, a fin de evitar que las personas se desplacen al local del centro de conciliación y, de esta manera, prevenir el contagio del COVID-19.