09/04/2026
¿Puede una sociedad subsistir con un solo socio? ⚖️👀
De acuerdo con el artículo 4 de la Ley General de Sociedades del Perú, toda sociedad debe constituirse con un mínimo de dos socios. Si esta pluralidad se pierde, la ley otorga un plazo de seis meses para su restitución; de lo contrario, se configura una causal de disolución.
No obstante, esta regla no resulta aplicable a la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, la cual, conforme a su regulación, puede ser constituida por una sola persona natural, denominada titular.
Conocer estas diferencias puede marcar la continuidad o el fin de un negocio. 😉