13/01/2016
Lima, 04 de Enero del 2016
DECRETO LEY DE FLAGRANCIA – MANEJAR CON LICOR
Asunto: CONSECUENCIAS DE MANEJAR EN ESTADO ETILICO. NUEVO DECRETO LEGISLATIVO.
El nuevo Decreto Legislativo N° 1194 recientemente publicado en el que se regula el proceso inmediato en caso de fragancia para diversos delitos, en especial el de manejar en estado etílico, el cual explico:
Si un chofer es sorprendido por la policía manejando en estado etílico es inmediatamente detenido por PELIGRO COMUN y llevado a la Fiscalía para que el fiscal de turno determine la gravedad del delito, este proceso tiene una duración máxima de 24 horas, si determina que pase al juez este tiene un plazo máximo de 72 horas para sentenciar cuántos años pasará preso, durante todo el proceso queda en calidad de detenido y pierde el brevete si o si por 3 años.
Ejemplos :
- Manejar en estado etílico (peligro común), si es que no tiene antecedentes estará detenido 24 horas y el fiscal podría determinar no pasarlo al juez, pierde el brevete 3 años.
- Manejar en estado etílico (peligro común), si es que si tiene antecedentes pasa al juez y va preso automáticamente por varios meses.
- Chocar en estado etílico (peligro común) con daños de terceros, estará detenido 24 horas y el juez dentro de las 72 horas sentenciará cárcel dependiendo de la gravedad entre 6 meses a 4 años. Si hay daños personales también dependiendo de la gravedad puede ser sentenciado de 4 a 15 años, pierde el brevete de por vida.
Para que tengan una referencia con dos copas de vino o dos vasos de cerveza pueden superar la medida mínima de 0.5 y estáran en estado etílico.
Revisen dicha norma.