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⚖️Una medida que busca agilizar el acceso a la justicia administrativaLa nueva directiva de SERVIR incorpora un cambio i...
06/08/2026

⚖️Una medida que busca agilizar el acceso a la justicia administrativa

La nueva directiva de SERVIR incorpora un cambio importante para los servidores civiles que interpongan recursos de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil.

✅ El apelante ya no deberá presentar el Formato 1.

Ahora, el escrito de apelación deberá contener únicamente:

📌 DNI o carné de extranjería.
📌 Nombres y apellidos completos.
📌 Correo electrónico.
📌 Número de celular.
📌 Poder, cuando actúe mediante representante.

Asimismo:

📄 El Jefe de Recursos Humanos será responsable de completar el Formato 1.

📄 El Secretario Técnico del PAD deberá completar el Formato 2.

💡 Opinión Legal

Esta modificación fortalece los principios de simplicidad, celeridad y debido procedimiento, evitando que se impongan requisitos que ya no corresponden al administrado.

Lamentablemente, todavía existen entidades que continúan exigiendo el Formato 1 al apelante, generando retrasos innecesarios y afectando el derecho de los servidores públicos a una tutela administrativa oportuna.

Una correcta aplicación de esta directiva permitirá uniformizar criterios y reducir barreras administrativas que afectan el ejercicio del derecho de defensa.

🚨 ¡ATENCIÓN, SERVIDORES PÚBLICOS DEL RÉGIMEN 276!📢 Se modifica el Reglamento del Decreto Supremo N.° 005-90-PCM (D. Leg....
24/07/2026

🚨 ¡ATENCIÓN, SERVIDORES PÚBLICOS DEL RÉGIMEN 276!

📢 Se modifica el Reglamento del Decreto Supremo N.° 005-90-PCM (D. Leg. 276), incorporando importantes cambios sobre la designación, encargatura, límite de edad y licencia sin goce de haber de los servidores públicos.

⚖️ ¿Cuáles son las principales novedades?

✅ Los servidores del régimen 276 con contrato permanente podrán ser designados o encargados en cargos de confianza o de dirección, percibiendo la remuneración correspondiente al cargo asumido, conforme a la normativa vigente.

✅ Se precisa que los trabajadores 276 contratados de naturaleza permanente deberán contar con más de cinco (5) años de servicios para acceder a determinados desplazamientos previstos en la norma.

✅ Se incorpora la posibilidad de solicitar licencia sin goce de remuneraciones hasta por tres (3) años, ampliando las alternativas para los servidores públicos.

✅ Se regula el límite de edad de 70 años para los servidores del régimen 276; sin embargo, se establece la posibilidad de continuar laborando hasta el 31 de diciembre del año en que se cumple dicha edad, siempre que el servidor presente una solicitud expresa, sujeta a fiscalización posterior.

📌 ¿Qué significa esta modificación?

Estas disposiciones no crean nuevos derechos, sino que adecuan el Reglamento del D. S. N.° 005-90-PCM a lo dispuesto por la Ley N.° 32199 y la Ley N.° 32223, normas que ya habían introducido estos cambios y que ahora son incorporadas formalmente al reglamento.

📚 En los próximos días analizaremos cada modificación, sus alcances y el impacto que tendrá en la gestión de recursos humanos y en los derechos de los servidores públicos del régimen 276.

💬 ¿Qué opinas sobre estos cambios? Déjanos tu comentario y comparte esta publicación con otros servidores públicos para que conozcan las nuevas reglas.

¿Por qué es importante esta directiva?La calidad en los servicios de control fortalece la transparencia y la confianza e...
23/07/2026

¿Por qué es importante esta directiva?

La calidad en los servicios de control fortalece la transparencia y la confianza en la gestión pública. 📑

Esta directiva establece mecanismos para evaluar que los servicios de control posterior cumplan con los estándares institucionales, promoviendo procesos cada vez más eficientes y resultados técnicamente sólidos.

Además, su cumplimiento es obligatorio para:
✅ La Oficina de Aseguramiento de la Calidad de Servicios de Control.
✅ Las unidades orgánicas y órganos de la Contraloría General.
✅ Los Órganos de Control Institucional (OCI).

La mejora continua no solo fortalece el Sistema Nacional de Control, sino que también contribuye a una administración pública más eficiente y orientada al interés ciudadano. ⚖️

🚨 ¿Un acto administrativo sigue siendo válido si lo firma un funcionario que no tenía competencia?Muchos consideran que,...
07/07/2026

🚨 ¿Un acto administrativo sigue siendo válido si lo firma un funcionario que no tenía competencia?

Muchos consideran que, si el contenido de la decisión era correcto, el acto debería mantenerse vigente aunque haya sido emitido por el órgano equivocado.

📖 ¿Qué dijo la Corte Suprema?

Mediante la Casación N.° 27926-2025 Lima Este, la Corte recordó que la competencia es un requisito esencial de validez del acto administrativo. Por ello, si un acto fue emitido por una autoridad incompetente, ese vicio no puede corregirse con el argumento de que el resultado habría sido el mismo si intervenía el órgano competente.

📌 ¿Por qué es importante este criterio?

Porque en la gestión pública no basta con adoptar una decisión correcta; también es indispensable que sea emitida por la autoridad legalmente competente. De lo contrario, el acto puede ser declarado nulo por afectar uno de sus requisitos esenciales de validez.

Conocer los criterios que viene desarrollando la Corte Suprema permite comprender cómo deben aplicarse los principios del Derecho Administrativo y evitar errores que pueden comprometer la validez de los actos administrativos.

🔴Se crea el Registro Nacional de Precedentes, de acceso público y gratuito, que reúne los precedentes constitucionales, ...
06/07/2026

🔴Se crea el Registro Nacional de Precedentes, de acceso público y gratuito, que reúne los precedentes constitucionales, judiciales y administrativos.
✅- Objetivo/finalidad: dar seguridad jurídica mediante la difusión y libre acceso a los precedentes.
✅- Contenido: precedentes emitidos por el Tribunal Constitucional, el Poder Judicial y los tribunales administrativos, según las reglas propias de cada órgano.
✅- Administración: el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante una plataforma digital de acceso público en línea.
✅- Deber de información: cada entidad remite sus precedentes a su titular apenas se emiten, y este los envía al Ministerio en un plazo máximo de 2 días para publicarlos.

🚨 ¿PUEDES EXIGIR QUE ELIMINEN INFORMACIÓN PERSONAL SOBRE TI DE INTERNET?📄 Expediente N.º 03041-2021-PHD/TC1️⃣ El Tribuna...
27/06/2026

🚨 ¿PUEDES EXIGIR QUE ELIMINEN INFORMACIÓN PERSONAL SOBRE TI DE INTERNET?

📄 Expediente N.º 03041-2021-PHD/TC

1️⃣ El Tribunal Constitucional precisó que el derecho al olvido garantiza la eliminación, supresión o retiro de información relacionada con datos personales que permanece disponible en motores de búsqueda o sistemas informáticos y que, aunque fue veraz en su momento, ha dejado de serlo total o parcialmente debido a nuevas circunstancias fácticas o jurídicas.

2️⃣ El Tribunal señaló que la permanencia y difusión de información desactualizada o inexacta puede afectar derechos fundamentales como el honor, la buena reputación, el libre desarrollo de la personalidad y, en determinados casos, el derecho a la intimidad.

3️⃣ No obstante, el Tribunal también precisó que el derecho al olvido no es absoluto. Cuando la información reviste un interés público relevante, corresponde ponderarlo con la libertad de información, de modo que esta última podrá prevalecer si la difusión de la información continúa siendo veraz, pertinente y de interés para la sociedad.

Consideras que cualquier persona debería poder exigir la eliminación de información sobre ella en internet o este derecho debe ceder cuando exista un interés.


🚨 INDECOPI aprueba nuevo precedente vinculante sobre barreras burocráticasEl precedente establece criterios que deberán ...
24/06/2026

🚨 INDECOPI aprueba nuevo precedente vinculante sobre barreras burocráticas

El precedente establece criterios que deberán aplicarse para interpretar y evaluar restricciones impuestas por las entidades públicas.
📄 Resolución N.° 0231-2026/SEL-INDECOPI

📌 Una decisión que podría impactar numerosos procedimientos administrativos en el país.

INDECOPI ha aprobado un nuevo Precedente de Observancia Obligatoria que fija criterios para la interpretación y evaluación de barreras burocráticas impuestas por las entidades públicas.

⚖️ El precedente desarrolla reglas que servirán para determinar cuándo una exigencia, restricción o condición establecida por la Administración Pública resulta compatible con el ordenamiento jurídico y cuándo podría constituir una barrera burocrática ilegal o carente de razonabilidad.

Entre los criterios incorporados destaca el principio de interpretación favorable al administrado, según el cual, ante diversas interpretaciones posibles, debe privilegiarse aquella que facilite el ejercicio de derechos y el acceso a actividades económicas.

💡 Se trata de un criterio que servirá de referencia en futuras controversias relacionadas con licencias, autorizaciones, permisos, requisitos administrativos y otras actuaciones de las entidades públicas.


📌 No basta con firmar una valorización: hay que verificar la obra.La Resolución N.° 000032-2026-CG/TSRA-SU recuerda un a...
13/06/2026

📌 No basta con firmar una valorización: hay que verificar la obra.

La Resolución N.° 000032-2026-CG/TSRA-SU recuerda un aspecto fundamental en la ejecución de obras públicas: la aprobación de una valorización exige comprobar que las partidas y metrados hayan sido efectivamente ejecutados conforme al expediente técnico y a las condiciones contractuales.

En el caso analizado, el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas evaluó la actuación del supervisor de obra respecto de la aprobación de valorizaciones vinculadas a partidas que presentaban observaciones en su ejecución.

⚖️ La resolución reafirma que la función de supervisión no se limita a revisar documentos o reportes del contratista. El supervisor tiene el deber de verificar la ejecución real de los trabajos antes de otorgar conformidad a una valorización.

💡La valorización constituye un acto técnico de especial relevancia, por lo que su aprobación debe sustentarse en una verificación efectiva de la obra. La falta de diligencia en esta labor puede generar responsabilidad
Unete y compártelo. Gracias.

🚨 ¿Firmar una conformidad sin verificar los TDR puede costarte una inhabilitación?El TSRA analizó un caso en el que se c...
13/06/2026

🚨 ¿Firmar una conformidad sin verificar los TDR puede costarte una inhabilitación?

El TSRA analizó un caso en el que se cuestionó la emisión de conformidades respecto de 14 órdenes de servicio, debido a que no se habría verificado el cumplimiento íntegro de los términos de referencia exigidos para su otorgamiento.

📌 Aunque el Tribunal reconoció la existencia de observaciones en la actuación del funcionario, concluyó que ello no era suficiente para imponer una sanción.

⚖️ La resolución recuerda que la responsabilidad administrativa funcional no se configura automáticamente por la sola existencia de irregularidades. La entidad sancionadora debe acreditar todos los elementos de la infracción prevista en la ley.

💡
Otorgar conformidades sin verificar adecuadamente el cumplimiento de los TDR puede generar observaciones y responsabilidades. Sin embargo, para imponer una sanción administrativa, la Contraloría debe demostrar de manera suficiente la conducta infractora que la norma exige.

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