18/11/2025
🛑IMPORTANTE🔴
🟥EL PAGO DE LA REPARACIÒN CIVIL EN LOS DELITOS DE TRÀFICO ILÌCITO DE DROGRAS NO PRESCRIBE SÌ HUBO INTERRUPCIÒN DEL PLAZO PRESCRIPTORIO.
🟥✅RESUMEN:
El caso se originó con la condena de Max Wilfredo Rojas Vela por el delito agravado de tráfico ilícito de insumos químicos fiscalizados (IQF). En un operativo realizado en junio de 2011 en Selva Central, el encausado fue intervenido transportando un total de 294.3 kg de ácido sulfúrico, un químico esencial para la elaboración de estupefacientes, con destino a Puerto Bermúdez.
🟥✅En 2012, Rojas Vela fue sentenciado a 15 años de prisión y se le impuso una reparación civil de S/ 25 000,00 a favor del Estado. Sin embargo, en mayo de 2024, una Sala inferior declaró que la ejecución de este pago había prescrito (caducado).
La Procuraduría Pública apeló, argumentando que el plazo de prescripción legal de diez años había sido interrumpido por múltiples actos procesales, como las resoluciones emitidas por el juzgado de ejecución que reiteraban el requerimiento de pago en 2017, 2021 y 2023.
🟥✅La Corte Suprema acogió la apelación. Los magistrados determinaron que, si bien el plazo de prescripción es de 10 años, este fue efectivamente interrumpido mediante actos procesales regulares dentro del expediente judicial. Además, se precisó que, en virtud del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, es obligación del Estado (a través del juzgado) velar por la materialización de los mandatos judiciales, incluyendo el cobro de la reparación civil, por lo que los requerimientos de pago emitidos de oficio por el juez también son actos interruptivos válidos.
🟥✅El Tribunal Supremo declaró HABER NULIDAD en la resolución previa y, reformándola, declaró INFUNDADA la solicitud de Max Wilfredo Rojas Vela de declarar prescrita su deuda. Por lo tanto, la Corte Suprema de Justicia reitera al sentenciado el pago obligatorio de los S/ 25 000,00 por concepto de reparación civil a favor del Estado, reafirmando que la acción de cobro sigue vigente.