Asesoría Legal Empresas - Arequipa

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𝐀𝐒𝐄𝐒𝐎𝐑Í𝐀 𝐄𝐍 𝐋𝐀 𝐄𝐋𝐀𝐁𝐎𝐑𝐀𝐂𝐈Ó𝐍 𝐘 𝐂𝐔𝐌𝐏𝐋𝐈𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎 𝐃𝐄 𝐂𝐎𝐍𝐓𝐑𝐀𝐓𝐎𝐒 𝐄𝐍 𝐆𝐄𝐍𝐄𝐑𝐀𝐋-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu-Consulta...
08/02/2022

𝐀𝐒𝐄𝐒𝐎𝐑Í𝐀 𝐄𝐍 𝐋𝐀 𝐄𝐋𝐀𝐁𝐎𝐑𝐀𝐂𝐈Ó𝐍 𝐘 𝐂𝐔𝐌𝐏𝐋𝐈𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎 𝐃𝐄 𝐂𝐎𝐍𝐓𝐑𝐀𝐓𝐎𝐒 𝐄𝐍 𝐆𝐄𝐍𝐄𝐑𝐀𝐋

-Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu
-Consultas telefónicas: 956284644
-Dirección: Calle Melgar 513, Cercado Arequipa.

𝐓𝐄 𝐁𝐑𝐈𝐍𝐃𝐀𝐌𝐎𝐒 𝐀𝐒𝐄𝐒𝐎𝐑Í𝐀𝐒:
𝟏. 𝐀𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐂𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧:
✅ 𝐒𝐢 𝐧𝐞𝐜𝐞𝐬𝐢𝐭𝐚𝐬 𝐞𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐨: Te asesoramos a elaborar el contrato que se adapte a lo que buscas, redactando la minuta autorizada por un abogado especialista en contratos.
✅ 𝐒𝐢 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐫á𝐬 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐨: Revisamos y estudiamos el contrato, a fin que verificar que no te perjudique a la larga o excesivamente si llegaras a incumplirlo.

𝟐. 𝐃𝐮𝐫𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐥𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧:
✅ Te acompañamos a negociar los términos del contrato. Asimismo, revisamos antes que firmes, que el contrato establezca lo negociado.

𝟑. 𝐂𝐨𝐧𝐟𝐥𝐢𝐜𝐭𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥𝐞𝐬:
✅ Como primera acción buscamos la solución conciliando a tu favor, a fin de obtener soluciones rápidas y efectivas.
✅ Como segunda opción, buscaremos solucionarlo por vía judicial o arbitraje, a fin de que la otra parte cumpla el contrato o te reembolse el total, más los intereses que se generen y también los daños y perjuicios que se te haya causado producto del incumplimiento.

Consulta vía whatsapp: https://wa.link/js8yhu
Consultas telefónicas: 956284644


𝐂𝐎𝐌𝐎 𝐃𝐄𝐁𝐄 𝐑𝐄𝐀𝐋𝐈𝐙𝐀𝐑𝐒𝐄 𝐔𝐍 𝐃𝐄𝐒𝐏𝐈𝐃𝐎 𝐉𝐔𝐒𝐓𝐎-Consulta via whatsapp https://wa.link/js8yhu-Consultas telefonicas 956284644El des...
06/05/2021

𝐂𝐎𝐌𝐎 𝐃𝐄𝐁𝐄 𝐑𝐄𝐀𝐋𝐈𝐙𝐀𝐑𝐒𝐄 𝐔𝐍 𝐃𝐄𝐒𝐏𝐈𝐃𝐎 𝐉𝐔𝐒𝐓𝐎
-Consulta via whatsapp https://wa.link/js8yhu
-Consultas telefonicas 956284644
El despido es un acto mediante el cual el empleador da por finalizado el vínculo laboral. Este despido debe ser "justo" y ampararse en un hecho previamente tipificado y que revista tal gravedad que no permita continuar con la relación laboral.
Para ello se deberá seguir las siguientes acciones a fin de no vulnerar los derechos del trabajador.
𝟭) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗣𝗥𝗘 – 𝗔𝗩𝗜𝗦𝗢 (𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥)
Si el empleador considera que el trabajador a cometido una falta grave que amerita el despido (Art. 34 del D.L. 728), deberá realizar una imputación escrita de cargos (carta de pre-aviso). En la cual, deberá evaluar: 1) El hecho imputado 2) La tipificación de la falta 3) El Test de proporcionalidad 4) Anteriores faltas (reincidencia). Debiendo otorgar al trabajador un plazo mínimo de 06 días para sus descargos.
𝟮) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗦𝗖𝗔𝗥𝗚𝗢𝗦 (𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥)
El trabajador, una vez reciba la carta de pre-aviso, formulara su carta de descargos dentro del plazo otorgado.
𝟯) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢 (𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥)
El empleador deberá evaluar los fundamentos del descargo y decidir: 1) Despedir. 2) Imponer otra sanción (suspensión en lugar del despido). 3) No sancionar al trabajador.
𝟰) 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗜𝗔𝗟 (𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥)
Si existió un despido arbitrario, nulo, fraudulento o incausado, el trabajador deberá demandar judicialmente a fin de obtener su reposición o indemnización según correspondan; así como, exigir el pago de sus beneficios laborales adeudados.
𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗔 𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥𝗜𝗔: Contamos con abogados especializados en derecho laboral, con amplia experiencia en la asesoría a trabajadores, empresas y sindicatos.

𝗖𝗢𝗡𝗦𝗨𝗟𝗧𝗔𝗦: 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰

28/09/2020

DESPIDO ARBITRARIO
Audiencia de Vista Laboral - Virtual

Compartimos una de las audiencias donde hemos realizado la defensa de nuestro cliente que sufrió despido arbitrario, la sentencia de primera instancia fue a nuestro favor y ordeno el pago de la indemnización a favor del trabajador.
La empresa demandada apelo la sentencia, especificamente cuestiono la validez de una notificación, y en merito a ello se realizó esta Audiencia de Vista virtual ante la Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
Luego de que la demandada oralizara su apelación, nuestro socio realizo el informe oral, analizando la apelación presentada por la empresa.
Informe oral que compartimos con ustedes.

26/09/2020

Una de las mas recientes entrevistas brindada por nuestro Socio Franklin Ranilla a un canal de la ciudad de Lima, canal con el cual venimos comentando diversos aspectos legales, esta vez en el bloque inicidencias laborales y de reactivación del turismo, bloque en el cual posteriormente tambien participó el Dr. Silva Martinot, ex Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien comento aspectos referidos a la reactivación del sector indicado.

Las preguntas absueltas en la entrevista por nuestro Socio Franklin Ranilla estuvieron referidas a:
Trabajo remoto
Seguro de desempleo
Relaciones laborales indeterminadas y temporales
Despidos masivos
Suspensión perfecta de labores

CONSULTAS LABORALES 956284644

𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥𝗜𝗔 𝗘𝗡 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢𝗦 𝗔𝗥𝗘𝗤𝗨𝗜𝗣𝗔El despido es un acto mediante el cual el empleador da por finalizado el vínculo laboral. E...
17/09/2020

𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥𝗜𝗔 𝗘𝗡 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢𝗦 𝗔𝗥𝗘𝗤𝗨𝗜𝗣𝗔
El despido es un acto mediante el cual el empleador da por finalizado el vínculo laboral. Este, puede ser legítimo, por la existencia de una causa justa, o ilegítimo al vulnerar los derechos del trabajador. El procedimiento, es el siguiente:
𝟭) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗣𝗥𝗘 – 𝗔𝗩𝗜𝗦𝗢 (𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥)
Si el empleador considera que el trabajador a cometido una falta grave que amerita el despido (Art. 34 del D.L. 728), deberá realizar una imputación escrita de cargos (carta de pre-aviso). En la cual, deberá evaluar: 1) El hecho imputado 2) La tipificación de la falta 3) El Test de proporcionalidad 4) Anteriores faltas (reincidencia). Debiendo otorgar al trabajador un plazo mínimo de 06 días para sus descargos.
𝟮) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗦𝗖𝗔𝗥𝗚𝗢𝗦 (𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥)
El trabajador, una vez reciba la carta de pre-aviso, formulara su carta de descargos dentro del plazo otorgado. En esta carta, deberá cuestionar la existencia del hecho imputado, la ausencia de pruebas que acrediten el hecho imputado, la incorrecta tipificación de la falta o inexistencia de proporcionalidad entre la falta y la sanción (porque no toda falta amerita un despido).
𝟯) 𝗖𝗔𝗥𝗧𝗔 𝗗𝗘 𝗗𝗘𝗦𝗣𝗜𝗗𝗢 (𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗢𝗥)
El empleador deberá evaluar los fundamentos del descargo y decidir: 1) Despedir. 2) Imponer otra sanción (suspensión en lugar del despido). 3) No sancionar al trabajador.
𝟰) 𝗣𝗥𝗢𝗖𝗘𝗦𝗢 𝗝𝗨𝗗𝗜𝗖𝗜𝗔𝗟 (𝗧𝗥𝗔𝗕𝗔𝗝𝗔𝗗𝗢𝗥)
Si existió un despido arbitrario, nulo, fraudulento o incausado, el trabajador deberá demandar judicialmente a fin de obtener su reposición o indemnización según correspondan; así como, exigir el pago de sus beneficios laborales adeudados.
𝗡𝗨𝗘𝗦𝗧𝗥𝗔 𝗔𝗦𝗘𝗦𝗢𝗥𝗜𝗔: Contamos con abogados especializados en derecho laboral, con amplia experiencia en la asesoría a trabajadores, empresas y sindicatos.
𝗖𝗢𝗡𝗦𝗨𝗟𝗧𝗔𝗦: 𝟵𝟱𝟲𝟮𝟴𝟰𝟲𝟰𝟰

24/07/2020

PROCESO INCUBACIÓN COVID
La seguridad de tu familia esta en tus manos






23/07/2020

PATRULLA COVID AREQUIPA- Oxigeno - Ambulancias- Hospitales- Laboratorios- Bomberos- MINSA

Ponemos a conocimiento de nuestros clientes:Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial (conformado por 14 ministerios), tra...
30/04/2020

Ponemos a conocimiento de nuestros clientes:
Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial (conformado por 14 ministerios), tras revisar la propuesta del Poder Ejecutivo, ha formulado que se reinicien 22 actividades a partir del 04 de Mayo; la reactivación sera en 4 fases.
Quedando pendiente la aprobación final del Consejo de Ministros para luego emitirse el respectivo Decreto Supremo.

FUENTE: GESTIÓN PAGINA 4 - 30 DE ABRIL DEL 2020

En merito a ello, continuaremos brindando nuestros servicios de manera virtual por su seguridad.

La curva más bonita de una mujer es su sonrisa. (Bob Marley)Feliz día de la mujer ^-^
08/03/2020

La curva más bonita de una mujer es su sonrisa.

(Bob Marley)

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26/02/2020

PÉRDIDAS SUPERAN LOS S/. 600 SOLES DIARIOS EN EL FONDO DE TRABAJADORES QUE TIENEN SU DINERO EN LAS AFP´S.

El día de ayer, durante las capacitaciones que venimos brindando a los dirigentes de un sindicato minero nos consultaron si el Covid - 19 les iba a generar alguna afectación económica.

Al respecto, es necesario tener en cuenta que las bolsas de valores del mundo han caído más del 3 % por temor al coronavirus, la Bolsa de Valores de Nueva York se derrumbó ante temores de los inversionistas de una desaceleración de larga duración de la economía mundial por el fuerte incremento de afectados por el coronavirus fuera de China.

¿Y ELLO AFECTA A LOS TRABAJADORES PERUANOS?

Por supuesto, y es que, si bien a la fecha no se tiene ningún caso confirmado de coronavirus en Perú, esta caída de las bolsas de valores (Incluida la Bolsa de Valores de Lima) perjudica las inversiones que tienen las AFP´S, y precisamente ese dinero invertido es el de los trabajadores afiliados.

Las pérdidas se han dado tanto en el fondo 1, 2 y 3, estos últimos trabajadores que tienen invertido su dinero en el fondo 3 son los más perjudicados, como ejemplo hemos colocado en la imagen un trabajador que se encuentra en el fondo 2 con un capital medio, que acumula pérdidas de más de S/. 600 soles diarios. En otros casos al ser el capital mayor, el dinero que pierden cada día puede duplicar o triplicar esas pérdidas diarias.

¿SEGUIRÁN CAYENDO LOS FONDOS DE LOS TRABAJADORES?

Si, hasta el momento no se ha confirmado ningún caso de coronavirus en Perú, sin embargo ya se ven los efectos, tal es así que incluso por la especulación el tipo de cambio del dólar ha subido repentinamente, por lo cual, de continuar su propagación a más países o cuando se confirme el ingreso del Covid - 19 al Perú, los mercados y la Bolsa de Valores de Lima se retrotraerán aún más, incrementando las perdidas día con día en los fondos de los trabajadores.

¿UN TRABAJADOR PUEDE CAMBIAR SU DINERO DE LA AFP A UN FONDO MAS CONSERVADOR PARA REDUCIR PERDIDAS?

La respuesta es que sí, este cambio dura aproximadamente 30 días, sin embargo, la experiencia nos indica que toda caída en la bolsa tiende probablemente recuperarse en el tiempo, por ejemplo, la caída puede ser por un intervalo de 12 meses y posteriormente recuperarse en el mismo tiempo o en un tiempo mayor.

Sin embargo, aquellos que están próximos a jubilarse posiblemente no lleguen a ver la recuperación en sus ahorros, en su caso se sugiere el cambio para salvaguardar el dinero que tendrán para jubilarse, de ese monto dependerá su jubilación.

Ahora, el estado de sus ahorros, rentabilidad y perdidas en su fondo de pensión puede revisarse vía web en la pagina de su AFP, a fin de saber con exactitud día con día a cuanto asciende sus perdidas hasta el momento y de acuerdo a ello tomar la decisión mas conveniente en su caso.

Por último:

¿AFECTA EL CORONAVIRUS A LOS AREQUIPEÑOS EN GENERAL?

Si, somos un sector minero y agrícola, la desaceleración de la producción en China ha originado la caída del precio del cobre, de la misma manera se han reducido las exportaciones de fruta al país asiático, lo cual se traducirá en recesión económica del país, reducción de puestos de trabajo y elevación de precios de productos que ingresan vía importación.

Estudio Jurídico Ranilla Montes

Área Laboral



Nuestro equipo de trabajo del Área de Derecho Civil, y del Área de Derecho Laboral.
03/10/2019

Nuestro equipo de trabajo del Área de Derecho Civil, y del Área de Derecho Laboral.


Dirección

Calle Melgar 513
Arequipilla

Horario de Apertura

Lunes 07:00 - 19:00
Martes 07:00 - 19:00
Miércoles 07:00 - 19:00
Jueves 07:00 - 19:00
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