15/10/2025
14 de octubre de 2025
En este contexto, el fiscal provincial deberá preparar con la fiscal responsable el escrito de apelación de manera objetiva y adjuntando medios probatorios útiles, pertinentes y conducentes para que el despacho superior defienda el recurso impugnatorio de conformidad con el principio de congruencia procesal.
Por otro lado, lo que llama altamente la atención, es el dicho del licenciado del imputado que indicó que la fiscal con el abogado de la víctima estaban viendo un vídeo (ver video de audiencia de PP) y, por ello, le imputó públicamente a la fiscal el delito de ocultamiento de actos de investigación, hecho muy grave, empero, lo extraño es que el licenciado nunca expresó a la juez de flagrancia que la denunció ni a la ANC-MP ni ante el señor fiscal titular Santiago Irigoyen quien se avoca a delitos cometidos por magistrados.
Es decir, el licenciado, pese a tomar conocimiento de un presunto acto revestido de delictuosidad…calló ¿ Por qué? 🤔🤔
Finalmente, el señor presidente de la junta de fiscales del Ministerio Público Distrito Fiscal de Arequipa deberá aclarar a la población si en el Sistema de Gestión Fiscal, existe la denuncia del presunto ocultamiento de actos propios a la función pública en contra de la fiscal adjunta de flagrancia y si fuera cierto tendríamos a otro fiscal investigado, contrario sensu, la fiscal tiene expedito su derecho de instar en contra el licenciado del imputado.