11/02/2026
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La SUNEDU, mediante la Resolución Directoral N. ° 00001-2026-SUNEDU-DS-DIRGRATU, eliminó la obligación de consignar la modalidad de estudios (presencial, semipresencial o a distancia/virtual) en el reverso de los diplomas de grados y títulos universitarios. Esta medida busca garantizar la igualdad y no discriminación, igualando el valor legal de todos los títulos independientemente de cómo se cursaron.
Detalles clave de la norma:
Alcance: Aplica a los diplomas físicos y a la información en plataformas digitales de consulta de SUNEDU.
Objetivo: Evitar la discriminación y equiparar la validez de los títulos obtenidos bajo cualquier modalidad.
Adecuación: Las universidades tienen 60 días hábiles desde enero de 2026 para implementar este cambio en sus procedimientos.
Fundamento: Se basa en la Ley Universitaria, que reconoce la igualdad de valor académico sin distinción de la modalidad.
Esta disposición oficializada a inicios de 2026 implica que los títulos profesionales ya no llevarán en la parte de atrás la modalidad de estudio.