Estudio Jurídico Juarez Lino & Asociados

Estudio Jurídico Juarez Lino & Asociados Estudio jurídico especializado en el temas Civiles, Penales, Comerciales, Laborales, Societarios, e

25/05/2026
🎉⚖️ Iniciamos este nuevo año celebrando el cumpleaños de la Dra. Karim Lino Loayza, abogada principal, socia fundadora d...
09/01/2026

🎉⚖️ Iniciamos este nuevo año celebrando el cumpleaños de la Dra. Karim Lino Loayza, abogada principal, socia fundadora de nuestro estudio.

Su trayectoria se distingue por la constancia, el rigor profesional y un compromiso permanente con cada uno de sus clientes 🤝, reflejado también en el acompañamiento responsable y sostenido 🌎.

Le expresamos nuestro reconocimiento y le deseamos un muy feliz cumpleaños 🎂✨, renovando juntos el propósito de seguir ejerciendo el Derecho con seriedad, vocación y responsabilidad.

⚖️ Nuestra socia principal, Karim Lino, desarrolló la defensa de nuestra patrocinada acreditando que la nueva demanda re...
02/12/2025

⚖️ Nuestra socia principal, Karim Lino, desarrolló la defensa de nuestra patrocinada acreditando que la nueva demanda reproducía, sin variación sustancial, los mismos hechos, la misma pretensión y la misma posición procesal que ya habían sido objeto de pronunciamiento firme en un proceso anterior.
Con ello, se evidenció que la parte demandante intentaba reabrir un litigio ya resuelto, configurándose plenamente la triple identidad exigida para la excepción de cosa juzgada.

📌 En esa línea, el Cuarto Juzgado Civil de Arequipa, mediante resolución expedida en audiencia (Resolución N.º 12), DECLARÓ FUNDADA la excepción de COSA JUZGADA, ANULÓ todo lo actuado y dispuso la conclusión del proceso de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO.

📌 La decisión es clara en afirmar que no es posible iniciar nuevamente el juzgamiento de lo ya resuelto, pues ello implicaría revisar un pronunciamiento firme y definitivo, contrariando la seguridad jurídica y el principio de estabilidad de las decisiones judiciales.

Reafirmamos nuestro compromiso con una defensa técnica, rigurosa y orientada a la plena protección de los derechos de nuestros clientes.

⚖️ Nuestro socio, Lénnert Mejía, desarrolló la defensa de nuestra patrocinada evidenciando la ineficacia de la transfere...
10/09/2025

⚖️ Nuestro socio, Lénnert Mejía, desarrolló la defensa de nuestra patrocinada evidenciando la ineficacia de la transferencia del accionante frente a la Sociedad, por la cual no hay condición de accionista; sin tal condición no hay posición habilitante para pedir Convocatoria a la Junta General de Accionistas.
📌 Bajo esa línea, el Segundo Juzgado Civil de Arequipa, mediante Sentencia N.º 76-2025 (28/08/2025), declaró IMPROCEDENTE la solicitud de convocatoria a Junta General presentada contra nuestra representada y dispuso el archivo del proceso.

📌Convocatoria de practicas. 🤓
08/04/2025

📌Convocatoria de practicas. 🤓

  Primera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa declara fundada apelación de sentencia. La Procuraduría Especializada en...
01/02/2025

Primera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa declara fundada apelación de sentencia. La Procuraduría Especializada en Corrupción de Funcionarios imputo a servidores de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, cuya defea e encontró a cargo de nuestro Estudio, el haberse interesado en la contratación de proveedor en la ejecución del servicio de valores arancelarios. La tesis de la Procuraduría tuvo como base que la contratación resultaba innecesaria ya que, la labor de tal servicio debió haber recaído en el Ministerio de Vivienda, y por lo tanto no debió haberse iniciado la contratación. Por otro lado, se señaló que la calificación del postor fue indebida habersele dado una calificación que no le correspondía. Dichos argumentos fueron de recibo por el Juzgado de Primera Instancia imponiendo a los servidores la sanción de cancelar un monto de reparación civil superior a los S/ 200.000 soles, no obstante, en la audiencia de apelación nuestro Estudio expuso que el Juzgado de origen indebidamente habría excluido prueba de la defensa, lo que inevitablemente habría generado un sentido distinto en la sentencia. Al haber advertido los vicios insubsanables la Sala Superior, dispuso declarar nula la sentencia impugnada ordenando llevarse a cabo un nuevo juicio oral.

  Juzgado Penal Especializado en Corrupción de Funcionarios dicta sentencia absolutoria. Luego de mas de cuatro meses de...
29/01/2025

Juzgado Penal Especializado en Corrupción de Funcionarios dicta sentencia absolutoria. Luego de mas de cuatro meses de Juicio Oral, el Juzgado de Extinción de Dominio en Adición a sus funciones Corrupción de Funcionarios, absolvió a Alcalde y servidores de la Municipalidad Distrital de Coporaque acusados del delito de Colusión Agravada en merito a su intervención en la obra de construcción en la carretera Coporaque-Yanque. Después de la evaluación de los medios probatorios actuados en juicio oral, la Magistrada a cargo, llegó a la conclusión que no se habría probado la concertación entre los funcionarios y el contratista ganador, adicionando que no ha existido perjuicio alguno para la entidad en la ejecución de la obra. En ese sentido, al no concurrir medio probatorio alguno que acredite la responsabilidad de los acusados, el Juzgado absolvió a los acusados y dispuso el archivo del proceso.

  Primera Sala Penal de Apelaciones declara fundada excepción de prescripción de la acción penal. Ante una imputación po...
22/01/2025

Primera Sala Penal de Apelaciones declara fundada excepción de prescripción de la acción penal. Ante una imputación postulada por la Fiscalía Especializada en Delitos Corrupción de Funcionados en contra de servidores de la Municipalidad Distrital de la Municipalidad Mariano Melgar por la presunta comisión del delito de Negociación Incompatible nuestro Estudio a cargo de la defensa de los servidores, dedujo una excepción de prescripción de la acción penal dado que los hechos habrían tomado lugar en el año 2014 y los mismos habría prescrito en el año 2024. El Ministerio Público habría indicado que la Ley de Prescripción vigente no era constitucional, no obstante, el colegiado ha rechazado dicho argumento recordando que el Juzgado de debe a la ley vigente. El pedido formulado por la defensa se declaró fundado, ordenándose el archivo del proceso.

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