06/06/2021
SAV. ASOCIADOS les presenta los tipos de Contratos Laborales, esta información es relevante al momento de realizar los contratos en el área laboral. Toda esta información es adquirida de MINTRA (Ministerio del Trabajo - Perú) :
CONTRATOS A PLAZO INDETERMINADO: ESOS CONTRATOS LABORALES SON UTILIZADOS GENERALMENTE PARALIZAR LABORES DE NATURALEZA PERMANENTE Y CONTINUA Y COMO SU PROPIO NOMBRE LO DICE TIENEN UNA DURACIÓN INDETERMINADA PUDIÉNDOSE CELEBRARSE EN FORMA ESCRITA O VERBAL NO SIENDO OBLIGATORIO SU REGISTRO ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO.
CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD O CONTRATOS A PLAZO FIJO
Tienen una duración determinada, es decir cuentan con la fecha de inicio y la de termino. Siempre debe de constar una motivación fundada.
CLASES DE CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
• CONTRATO DE NATURALEZA TEMPORAL:
1. Contrato por incremento de Actividad: Es aquel que se utiliza para contratar trabajadores en una empresa que recién empieza actividades o para contratar a personal que desarrollara una nueva actividad en una empresa ya existente. El plazo máximo de duración de este contrato es de 3 años.
2. Contrato por Necesidad de Mercado: Se utiliza este contrato con la finalidad de atender incrementos coyunturales de la producción originados por variaciones de la demanda en el mercado. El plazo máximo de duración de este contrato es de 5 años.
3. Mercado por Reconvención Empresarial: Se celebra entre el empleador y un trabajador en virtud de la sustitución, ampliación o modificación de las actividades desarrolladas en la empresa. El plazo máximo de duración de este contrato es de 2 años.
• CONTRATO DE NATURALEZA ACCIDENTAL:
1. Contrato Ocasional: Se celebra solo con la finalidad de atender necesidades transitorias distintas a la actividad habitual del centro de trabajo. El plazo máximo de duración de este contrato es de 6 meses.
2. Contrato de Suplencia: Se celebra con la finalidad de que el nuevo contratado sustituya a un trabajador estable de la empresa, cuyo vinculo laboral se encuentra suspendido por alguna causa justificada prevista en la norma. El empleador deberá reservar el puesto al trabajador que fue reemplazado. El plazo máximo duración es que resulte necesario según circunstancias.
3. Contrato de Emergencia: Este contrato se celebra para cubrir necesidades promovidas por un caso fortuito o fuerza mayor. El plazo máximo de duración de este contrato es el tiempo que dure la emergencia.
• CONTRATO PARA OBRA:
1. Contrato de Obra Determinada: Se suscriben con un objeto previamente establecido con una duración condicionada a la conclusión o determinación o terminación de una obra de servicio. Plazo máximo de contratación es de 5 años
2. Contrato Intermitente: Se celebra para cumplir necesidades de la empresa, pero que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas. El plazo del contrato dependerá de la actividad que requiera el empleador.
3. Contrato de Temporada: Se celebra con el propósito de atender necesidades propias del giro de la empresa o establecimiento, que se cumplen solo en determinadas épocas del año.
• CONTRATO A TIEMPO PARCIAL
Son aquellos contratos cuyos trabajadores deben cumplir una jornada inferior a cuatro horas diarias, estos trabajadores podrán percibir una remuneración menor a mínima vital, siendo proporcional según las horas laboradas, además tienen derecho a todos los beneficios con excepción de CTS.
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Tipos de Contratos Laborales