16/03/2025
El Permiso de Residencia por Protección por Seguridad Humanitaria es para aquellos extranjeros se encuentren irregulares dentro del territorio nacional y que hayan permanecido en el país por un período no menor de un (1) año. En la eventualidad de haber salido durante ese año, no puede haber permanecido más de sesenta (60) días consecutivos fuera del territorio de Panamá.
Nuestra propuesta para estas gestiones incluyen: Solicitud de cita, presentación ante Servicio Nacional de Migración, Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, Dirección de Investigación Judicial, Tribunal Electoral, Notarias y otros.
Somos una Firma de Abogados en Panamá. Especialistas en Trámites Migratorios.
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