11/06/2025
🏡🏘️ Hola Señores dueños de Pp Inmuebles en Nicaragua 🇳🇮‼️ 🏡🏠
Sí eres propietario de bienes inmuebles en Nicaragua y aún no has registrado el traspaso del dominio a su favor, recomiendo que lo haga por muchas razones y todas coyunturalmente importantes, en especial:
1. Para registro del nuevo dueño y evitar embargos al anterior dueño, por creer que aún le pertenece al dueño anterior, aunque siempre habrá solución al respecto al ser informado, presentando en el juicio como un "tercero opositor" en el juicio abierto o abrir una demanda por "tercería de dominio".
3. Por eso es importante el registro para efecto de publicidad frente a terceros.
4. Por si resultan cambios en los requisitos para el registro de la Pp por las autoridades competentes.
Ejemplo: las escrituras que no se han inscrito antes del 27 de enero del año 1993, no era obligatorio la relación de las cédulas de identidad. Para los que no han inscrito estás escrituras, podemos cumplir el requisito de ley por medio una escritura de aclaración y/o rectificación, según cada caso.
5. Conviene su pronta inscripción y registro de los nuevos dueños, en especial si piensan viajar los dueños actuales y cambiar de domiciliar, ya que tendrán que mandar poderes para finalizar la legalización ante catastro, DGI y los registros públicos. Ahora sí ya estas en el extranjero, yo le doy la asesoría debida para realizarlo, siempre hay solución.
Por mi parte quedo a la orden para servir en el proceso de legalización.
Cualquier duda me avisan.
Saludos,
EDWIN BONILLA
Abogado Corporativo
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