16/01/2020
AJUSTES PRELIMINARES
Puntos centrales de la reforma constitucional al sistema de procuración de justicia según anteproyectos que han circulado:
INVESTIGACIÓN DE DELITOS
- El Congreso expedirá el Código Penal Nacional para delitos federales y también para los demás delitos hasta ahora regulados por los Estados. Éstos podrán agregar a sus códigos delitos adicionales.
- El arraigo domiciliario sería aplicable para todos los delitos, pero se reduciría a 40 días.
- Se faculta al Ministerio Público para calificar la legalidad de una detención en flagrancia.
- Se faculta a víctimas u ofendidos para solicitar a los jueces órdenes de cateo.
- Se permite a la FGR o Procuradurías estatales solicitar intervención de comunicaciones privadas para casos en materias fiscal y electoral.
PROCESO PENAL
- Creación de un Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Se elimina el auto de vinculación a proceso de los imputados. Ahora se presentará al acusado y el juez resolverá si le da prisión preventiva o alguna medida cautelar.
- No se reformará el catálogo de delitos de prisión preventiva forzosa del artículo 19 de la Constitución, lo que garantiza que múltiples acusados irán a la cárcel sin importar la opinión del juez.
- Se elimina a los jueces de control. Ahora, el juez que dicte sentencia sería el mismo que conoció del caso desde la etapa de investigación.
- Se permitiría que pruebas contra el acusado, obtenidas de manera no lícita, puedan ser valoradas por el juez para dictar sentencia.
POLÍTICA PENITENCIARIA
- Los jueces no podrán decidir sobre traslados de reos entre cárceles, o entre secciones de una misma prisión.
Las autoridades penitenciarias lo decidirán.
- Se establece el trabajo de los reos como condición para acceder a beneficios de libertad anticipada.
PODER JUDICIAL FEDERAL
- Se crean los jueces y magistrados especializados en responsabilidad penal, que juzgarían a jueces y magistrados del PJF acusados de algún delito.
FISCALÍAS
- Se asignaría un porcentaje fijo del presupuesto federal a la FGR
- Se obligaría a los Estados a que su fiscalías generales sean órganos autónomos, con titulares designados por nueve años y entrega directa de fondos federales
JUSTICIA CÍVICA
- Se faculta al Congreso para expedir la Ley Nacional de Justicia Cívica, para sancionar infracciones administrativas.
- Se mantienen como sanción el arresto hasta por 36 horas, multa o trabajo en favor de la comunidad, pero se pide que no sea conmutable.
El borrador
Un anteproyecto del Código Nacional de Procedimientos Penales revela alcances del plan:
- El arraigo domiciliario sería aplicable a todos los delitos, actualmente aplica en delincuencia organizada
- El MP calificaría la legalidad de una detención en flagrancia; ahora sólo los jueces pueden resolverlo
- La FGR y las procuradurías locales solicitarían intervención de comunicaciones en casos fiscales y electorales