Comisión Estatal de Victimas Independiente de Michoacán

Comisión Estatal de Victimas Independiente de Michoacán La Comisión deberá contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido durante el Conflicto (verdad hist? La Comisión hará pública su metodología.
14.

La Comisión de Victimas Michoacán, deberá cumplir los objetivos primarios y fundamentales. En primer lugar, la Comisión deberá contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido (verdad histórica) ofrecer una explicación amplia de la complejidad del conflicto, de tal forma que se promueva a la par un entendimiento compartido en la sociedad, en especial de los aspectos menos conocidos del conflicto. Po

r lo que inspirados en el mandato y pronunciamiento que efectúen la visitadores de parte del Secretario General de las Naciones Unidas para la Violencia, Conflictos, y posteriormente nos comprometeremos a atender sus recomendaciones. En segundo lugar, la Comisión deberá promover y contribuir al reconocimiento. Eso significa el reconocimiento de las víctimas como ciudadanos que vieron sus derechos vulnerados; el reconocimiento voluntario de responsabilidades individuales y colectivas por parte de todos quienes de manera directa o indirecta participaron en el conflicto como una contribución a la verdad, a la justicia, a la reparación y a la no repetición; y en general el reconocimiento por parte de toda la sociedad de ese legado de violaciones e infracciones como algo que merece el rechazo de todos (visión ética y moral) y que no se debe ni se puede repetir. Y en tercer lugar, la Comisión deberá promover la convivencia en las regiones del Estado. Para ello promoverá un ambiente de diálogo y creará espacios en los que las víctimas se vean dignificadas, se hagan reconocimientos individuales y colectivos de responsabilidad, y en general se consoliden el respeto y la confianza ciudadana en el otro, la cooperación y la solidaridad, la justicia social, la equidad de género, y una cultura democrática que cultive la tolerancia, y nos libre de la indiferencia frente a los problemas de los demás. Así se sentarán las bases de la no repetición, la reconciliación y la construcción de una paz estable y duradera. Por esas razones es necesario entender la construcción de la verdad histórica también como una parte esencial de la construcción de la paz. La tarea y sus objetivos de la Comisión dependerán de los compromisos adoptados de todos los sectores de la sociedad con el proceso de construcción de la verdad, y del reconocimiento de responsabilidades por parte de quienes de manera directa e indirecta participaron en el conflicto Gobierno y Grupos armados. Por eso, tanto el Estado (Gobiernos), como las autodefensas se comprometen a contribuir de manera decidida al esclarecimiento de la verdad sobre todo lo ocurrido en el conflicto, incluyendo las graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
1. Comisión de Victimas Michoacán para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición con sus Criterios orientadores:
2. Centralidad de las víctimas: Los esfuerzos de la Comisión estarán centrados en garantizar la participación de las víctimas del conflicto, asegurar su dignificación y contribuir a la satisfacción de su derecho a la verdad en particular, y en general de sus derechos a la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición, siempre teniendo en cuenta el pluralismo y la equidad. Todo lo anterior debe contribuir además a la transformación de sus condiciones de vida.
3. Imparcialidad e independencia: La Comisión será un mecanismo imparcial e independiente con plena autonomía para el desarrollo de su mandato y el cumplimiento de sus funciones.
4. Carácter transitorio: La Comisión será excepcional y funcionará durante un tiempo limitado de tal forma que sus conclusiones y recomendaciones puedan contribuir de manera efectiva a la construcción de una paz estable y duradera.
5. Participación: La Comisión pondrá en marcha un proceso de participación amplia, pluralista y equilibrada en el que se oirán las diferentes voces y visiones, en primer lugar de las víctimas del conflicto que lo hayan sido por cualquier circunstancia relacionada con este, tanto individuales como colectivas, y también de quienes participaron de manera directa e indirecta en el mismo, así como de otros actores relevantes.
6. Enfoque Regional: La Comisión será una entidad de nivel nacional pero tendrá un enfoque Regional con el fin de lograr una mejor comprensión de las dinámicas regionales del conflicto y de la diversidad y particularidades de los territorios afectados, y con el fin de promover el proceso de construcción de verdad y contribuir a las garantías de no repetición en los diferentes territorios. El enfoque Regional tendrá en cuenta también a las personas y poblaciones que fueron desplazadas forzosamente de sus territorios.
7. Enfoque diferencial y de género: En el desarrollo de su mandato y de sus funciones, la Comisión tendrá en cuenta las distintas experiencias, impacto diferencial y condiciones particulares de las personas en razón del s**o, género, edad, etnia, o situación de discapacidad, y de las poblaciones o sectores en condiciones de vulnerabilidad o especialmente afectados por el conflicto, entre otras. Habrá especial atención a la victimización sufrida por las mujeres.
8. Coordinación con otras medidas de construcción de paz: La Comisión se coordinará con los mecanismos que se pongan en marcha para la implementación del Acuerdo Final. En particular, se coordinará, donde haya lugar, con los planes y programas de construcción de paz que se pongan en marcha en los territorios, como consecuencia de la implementación del Acuerdo Final.
9. Reglas de procedimiento: La Comisión establecerá previamente procedimientos que aseguren a quienes participan en ella las debidas garantías, y un trato justo, digno y no discriminatorio.
10. Garantías para los comisionados y las comisionadas: Respecto de su trabajo en la Comisión, los/as comisionados/as no estarán obligados/as a declarar en procesos judiciales, estarán exentos/as del deber de denuncia, y sus opiniones y conclusiones no podrán ser cuestionadas judicialmente.
11. Condiciones de seguridad: La Comisión valorará las condiciones de seguridad necesarias para el desarrollo de sus actividades y coordinará, con las autoridades del Estado, la puesta en marcha de las medidas de seguridad necesarias tanto para los/as comisionados/as como para quienes participen en las actividades de la Comisión.
12. Convivencia y reconciliación: Para contribuir al objetivo de la no repetición y la reconciliación, las actividades de la Comisión, en desarrollo de su mandato, estarán orientadas a promover la convivencia entre los Michoacanos, en especial en las Regiones más afectados por el conflicto y la violencia. Para ello, la Comisión velará porque los espacios o audiencias que establezca sirvan para fortalecer el respeto y la tolerancia, la confianza ciudadana en el otro y en las normas que garantizan la vigencia y el respeto de los derechos humanos. De esta forma la Comisión ayudará también a sentar bases sólidas para la construcción de la paz.
13. Metodología: La Comisión tomará todas las medidas necesarias para garantizar la mayor objetividad e imparcialidad posible para el desarrollo de sus actividades, para lo cual adoptará procedimientos para contrastar y verificar la calidad de la información que recolecte, incluyendo su confiabilidad, y para identificar la información falsa que pudiera haber sido suministrada de mala fe a la Comisión. Mecanismo extra-judicial: La Comisión será un mecanismo extra-judicial. En este sentido, sus actividades no tendrán carácter judicial, ni podrán implicar la imputación penal de quienes comparezcan ante ella. La información que reciba o produzca la Comisión no podrá ser trasladada por esta a autoridades judiciales para ser utilizada con el fin de atribuir responsabilidades en procesos judiciales o para tener valor probatorio; ni las autoridades judiciales podrán requerírsela. Mandato: La Comisión tendrá como mandato esclarecer y promover el reconocimiento de:
• Prácticas y hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH), en particular aquellas que reflejen patrones o tengan un carácter masivo, que tuvieron lugar con ocasión del conflicto, así como la complejidad de los contextos y las dinámicas territoriales en las que estos sucedieron.
• Las responsabilidades colectivas del Estado, incluyendo del Gobierno Estatal y Municipales, y los demás poderes públicos, de los autodefensas, así como de cualquier otro grupo, organización o institución, nacional o internacional que haya tenido alguna participación en el conflicto, por las prácticas y hechos a los que se refiere el párrafo anterior.
• El impacto humano y social del conflicto en la sociedad, incluyendo el impacto sobre los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, y las formas diferenciadas en las que el conflicto afectó a las mujeres, a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos mayores, a las personas en situación de discapacidad, a los pueblos indígenas, a las comunidades campesinas, a las poblaciones , a la población LGBTI, a las personas desplazadas y exiliadas, a los/as defensores/as de derechos humanos, sindicalistas, periodistas, agricultores, ganaderos/as, comerciantes y empresarios/as, entre otros.
• El impacto del conflicto sobre el ejercicio de la política y el funcionamiento de la democracia en su conjunto, incluyendo el impacto sobre los partidos y movimientos políticos y sociales, en particular los de oposición.
• El impacto del conflicto sobre quienes participaron directamente en él como combatientes y sobre sus familias y entornos.
• El contexto histórico, los orígenes y múltiples causas del conflicto, teniendo en cuenta como insumo los informes de la Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas, entre otros.
• Los factores y condiciones que facilitaron o contribuyeron a la persistencia del conflicto, teniendo en cuenta como insumo l

https://youtu.be/4Q0r0c_DmFg?si=u3vuCx-JnWyGtjJ9 EL ESTADO ES EL REPRESOR ASEISNO SECUESTRADOR!
17/08/2024

https://youtu.be/4Q0r0c_DmFg?si=u3vuCx-JnWyGtjJ9 EL ESTADO ES EL REPRESOR ASEISNO SECUESTRADOR!

David Fernández, el Comisionado del Mecanismo de Esclarecimiento Histórico de la Comisión de la Verdad, Jacobo Dayán, director de CCU Tlatelolco, y Lisa Sánc...

07/03/2024
https://www.instagram.com/reel/C02d_LfxQTP/?igshid=NDAzNTAxZTI3OQ%3D%3DIMPORTANTE INFORMACION DE LA PARTICIPACION POLITI...
05/02/2024

https://www.instagram.com/reel/C02d_LfxQTP/?igshid=NDAzNTAxZTI3OQ%3D%3D
IMPORTANTE INFORMACION DE LA PARTICIPACION POLITICA DE PERSONAJES DE LA SOCIEDAD DE ZAMORA Y LA REGION DEL ESTADO DE MICHOACAN.
FORMULAS IDONEAS POR ZAMORA Y NUESTRO ESTADO
PROFESOR ANTONIO DIAZ "EL APPAYO " PARA CORDINADOR MPAL.
LIC. JAIME ARIZAGA SANCHEZ "CORDINADOR PARA EL DISTRITO LOCAL ZAMORA"

05/02/2024

Check out chonguero news's video.

La aceveracion del Gobirno de estado de Michoacan, asegura que el 90 % de los caidos por la violencia fueron consumidore...
09/08/2021

La aceveracion del Gobirno de estado de Michoacan, asegura que el 90 % de los caidos por la violencia fueron consumidores de droga y sus resusltados asi lo advierten en estudios del SEMEFO, y claro la vida no vale nada y menos si es cosa de dorgas , abria que saber si es verdad esta aceveracion que haca SILVANO AUREOLES , cuando intalo el consejo de seguridad y paz en michoacan, si nos encontramos en esta disyuntiva es que la gente muere por cosa de dr**as, carteles y rivalidades y cosas de economia entre los consumidores y sus proveedores , la cosa es mas seria que una simple aseveracion....Aqui donde la impunidad impera y la justicia nunca llega!! https://michoacan.gob.mx/prensa/noticias/firman-acuerdo-para-la-paz-y-reconciliacion-en-michoacan/
“Es preocupante que más del 90 por ciento de las personas privadas de la vida den positivo en el consumo de distintas dr**as, por ello la importancia de sumar esfuerzos; esta es una expresión de voluntad, de compromiso desde nuestros respectivos ámbitos, pero el proceso apenas comienza para la construcción del Consejo”, indicó.

Dirección

Avenida Martinez De Navarrete 810
Zamora
59699

Teléfono

351 103 28 12

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Comisión Estatal de Victimas Independiente de Michoacán publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Comisión Estatal de Victimas Independiente de Michoacán:

Compartir