07/04/2015
"DIVORCIO VOLUNTARIO"
Cuando los cónyuges, que no se encuentran en el supuesto del divorcio Administrativo, estos es, que son menores de edad o tienen hijos menores de edad, pero se encuentran de acuerdo en divorciarse, deben presentar su solicitud ante al Juez de Primera Instancia competente.
La solicitud debe ir acompañada de:
*Copias certificadas de las actas de nacimiento de los hijos, y
* De los documentos que acrediten los hechos de la solicitud,
*Así como de UN CONVENIO en el que se fijen los puntos siguientes:
I. A quién se confiarán los hijos, durante y después del procedimiento
II. El derecho de visitar a sus hijos y de tener correspondencia con ellos, respecto al cónyuge a quien no se confíen aquéllos;
III. El modo de sostener a las necesidades de los hijos, tanto durante y despues del procedimiento, el Juez hará saber al deudor alimentario que la ley castiga con cárcel el incumplimiento del pago de los alimentos.
IV. La casa que servirá de habitación a cada uno de los esposos durante el procedimiento;
V. La cantidad que a título de alimentos debe pagar el cónyuge deudor al cónyuge acreedor de éstos, durante el procedimiento;
VI. La forma y, periodicidad en que se incrementará el monto de las pensiones alimenticias que se hayan acordado.
VII. La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y la de liquidar dicha sociedad después de ejecutoriado el divorcio.
UNA VEZ PRESENTADA LA DEMANDA DE DIVORCIO, EL JUEZ CITARA A LOS CÓNYUGES A UNA AUDIENCIA EN LA QUE PROCURARA AVENIRLOS O RECONCILIARLOS, SI NO SE LOGRA LA RECONCILIACIÓN, SE APROBARA EL CONVENIO ANTES MENCIONADO.
EL JUEZ DICTARA RESOLUCIÓN DECLARANDO LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL.
Muchas de las veces en el divorcio voluntario, las partes creen que si ya firmaron la demanda y el convenio, ya no puede haber macha atrás por alguno de los cónyuges, lo cual es un error. Pues ambos cónyuges tienen que presentarse al juzgado para ratificar su firma, en el escrito inicial de divorcio, asi como la firma del respectivo convenio. En caso de que alguna de las partes interesadas no acuda a la audiencia de divorcio voluntario significa que una de la parte no tiene la voluntad de continuar con el trámite de divorcio voluntario, quedando como única opción el DIVORCIO NECESARIO.