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25/12/2023

A todos nuestros clientes y amigos, les deseamos ¡feliz navidad! que la paz y el amor prevalezca en sus hogares 🎄🎄🎄🧑‍🎄

10/07/2022

El precepto legal que establezca que es necesario que haya transcurrido cuando menos un año desde la celebración del matrimonio y la separación de los cónyuges, es inconstitucional y viola el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad reconocido en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además de que transgrede la dignidad y la libertad de ambos cónyuges de rehacer sus vidas.

¡Somos tu mejor opción si de divorcio express se trata!

Resumen del caso: Un trabajador de PEMEX se acercó a nuestro despacho, pues su concubina le había demandado pensión alim...
03/06/2022

Resumen del caso: Un trabajador de PEMEX se acercó a nuestro despacho, pues su concubina le había demandado pensión alimenticia para ella y su tres hijos, el juez conocedor de la causa determinó establecer una provisional del 60% a favor de la actora, el demandado debido a prestaciones laborales y compromisos contraídos percibía en su nómina $0.00.

Nuestro despacho inicio una estrategia de litigio en donde logramos lo siguiente:

1. La percepción de una cantidad considerable de forma inmediata líquida para el demandado.
2. La reducción en resolución de segunda instancia del 10% de la definitiva de alimentos.
3. La exclusión del fondo de ahorro del trabajador respecto a sus aportaciones voluntarias.

La actora acudió al juicio de amparo, nuestro despacho ejerció los recursos legales necesarios y la autoridad federal no amparo a la quejosa, la cuál se abstuvo de promover un posterior recurso.

Somos Romero, Ramírez & Abogadas Asociadas.

Resumen: Nuestro despacho conoció de un procedimiento paraprocesal de declaración de beneficiarios, el cual fue solicita...
01/06/2022

Resumen: Nuestro despacho conoció de un procedimiento paraprocesal de declaración de beneficiarios, el cual fue solicitado por la concubina del trabajador extinto con la que procreó 3 hijos de diversas edades, aún cuando esté tenía declarados a una primer ex esposa y mantenía vigente un matrimonio con una diversa.

El tribunal que conoció del procedimiento, resolvió reconocer como únicos beneficiarios a la concubina y sus tres hijos, pues el ánimo de hacer familia del extinto con esta, se logró acreditar por nuestro despacho mediante las pruebas necesarias, la autoridad justificó que una situación jurídica (el matrimonio) puede no significar una relación afectiva, por lo que no podía negar este derecho a nuestra representada quien logro demostrar su relación prolongada en virtud de la no discriminación y la protección a la familia.

Somos Romero, Ramírez & Abogadas Asociadas.

La violencia política de género dentro del debate político es una realidad, pues el hecho de que una mujer sea diputada ...
01/06/2022

La violencia política de género dentro del debate político es una realidad, pues el hecho de que una mujer sea diputada en el ejercicio del cargo no la obliga a tolerar expresiones s**o - genéricas, que vulneran sus derechos políticos electorales.

Somos l@s primer@s abogado@s en ganar el primer caso sobre violencia política debido al género en Tabasco, donde se sancionó al Presidente municipal del Ayuntamiento del Centro, quién realizó una serie de expresiones contra una diputada de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, lo anterior se logro mediante un medio de impugnación promovido ante la Sala Regional Xalapa del TEPJF que dio lugar a una sentencia de gran relevancia en favor de las mujeres.

Somos Romero, Ramírez & Abogadas Asociadas.

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