02/10/2025
Ejidos pueden elaborar y adoptar su reglamento interno, siempre y cuando ese instrumento contribuya al orden y gobernabilidad interna de la comunidad.
• En el régimen agrario, los ejidos pueden elaborar y adoptar su reglamento interno conforme a los artículos 10 y 23 de la Ley Agraria, siempre y cuando ese instrumento contribuya al orden y gobernabilidad interna de la comunidad. Según la tesis, la validez del reglamento no depende de una aprobación externa automática, sino de que efectivamente vincule a los integrantes, respetando principios constitucionales de legalidad y solidaridad comunitaria. Esta previsión otorga certeza al funcionamiento de las asambleas ejidales.
• Para los comuneros y ejidatarios, el reconocimiento de ese reglamento interno es relevante porque regula derechos y obligaciones colectivas —por ejemplo uso de los bienes comunes, atribuciones del comisariado o supervisión vecinal— y evita disputas internas que pudieran llegar a litigio agrario. Cuando todas las personas del núcleo ejidal están obligadas al reglamento aprobado colectivamente, éste fortalece la cohesión interna y la gobernanza comunitaria frente al Estado.
• En casos de controversia sobre la aplicación de disposiciones comunitarias, el tribunal agrario deberá analizar si el reglamento fue adoptado con las formalidades exigidas, si fue difundido adecuadamente entre los comuneros y si guarda conformidad con la Ley Agraria. No basta que un reglamento exista: debe respetar derechos individuales y no vulnerar el orden jurídico superior. Si viola normas o atribuciones esenciales, puede carecer de eficacia frente a quienes impugnan.
• La importancia práctica de esta interpretación radica en que cualquiera que sea integrante del núcleo ejidal puede exigir que se respeten las reglas internas legítimamente adoptadas, o bien cuestionar aquellas que excedan los límites legales. No todas las normas comunitarias pueden tener fuerza obligatoria si contravienen derechos fundamentales o disposiciones legales superiores. En ese sentido, el tribunal agrario actúa como garante del equilibrio entre lo comunitario y lo individual.
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