Notaría Pública 110 de Chiapas

Notaría Pública 110 de Chiapas Servicios Jurídicos y Notariales. Testimonios, Certificaciones, Escrituracion, Testamentos, Sociedades, Herencias, Compraventas, Fideicomisos, entre otros

Otorgar certeza y seguridad jurídica a los hechos y actos que celebra, como pueden ser: Operaciones traslativas de dominio relativas a compraventas, donaciones, permutas, adjudicaciones por herencia, adjudicaciones por remate, fideicomisos, constituciones de regímenes de propiedad en condominio, testamentos, trámites sucesorios, hipotecas, cancelaciones de hipotecas, ratificaciones de firmas, fes de hechos, cotejo de documentos, entre otros.

09/09/2023

¿Para qué hacer un testamento?

Simplemente porque es la manera más fácil de destinar los bienes que se tienen, asegurando que los beneficiarios recibirán lo que en su momento se dispuso.

Sin importar la edad que se tenga o el número de bienes, lo más recomendable es llevarlo a cabo. Sabemos que a nadie le parece bonito pensar en la muerte, pero todos conocemos que algún día llegará el momento, porque la vida no la tenemos comprada, y por ello se debe estar preparado.

Existen varias opciones para realizar testamento dentro de las leyes mexicanas, el cual se otorga ante Notario Público:

Testamento a título universal: se hereda la totalidad de los bienes en los porcentajes que designe.

Testamento a título particular: se hereda una cosa en particular a una o varias personas. Para este tipo de testamento son necesarios los datos precisos de los bienes.

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14/08/2021

Que es un Testamento? Acto jurídico, individual, libre y revocable por el que una persona regula su sucesión nombrando uno o más herederos. La práctica más habitual y segura es el testamento ante notario, en su modalidad de testamento abierto. Existen otras formas, como el testamento cerrado ante notario, el ológrafo, o el militar y marítimo o ante testigos, pero se usan poco.
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30/07/2021
21/08/2020

¿Qué Deben Hacer mis Herederos Cuando yo Falte?


Algún día llegará el momento de nuestro fallecimiento. Ciertos bienes, derechos y obligaciones pasarán entonces a nuestros herederos. A esto se le llama sucesión o herencia.

¿Quiénes serán mis herederos?

Si otorgué testamento, mis herederos serán aquellas personas que nombré libremente en el mismo. A esto se le denomina sucesión testamentaria.

Si no otorgué testamento, mis herederos serán los que señala el Código Civil. Serán herederos mis parientes y mi cónyuge o concubina(o) en los grados y porcentajes que ¿Qué Deben Hacer mis Herederos Cuando yo Falte?

el Código dispone. Sólo a falta de parientes hasta en cuarto grado, en el DF será heredera la Beneficencia Pública (DIF). A esto se le denomina sucesión intestamentaria o intestado.

¿Qué pasos deben seguir mis herederos?

El trámite de la herencia, haya o no testamento, puede llevarse a cabo totalmente ante Notario, siempre y cuando todos los herederos sean mayores de edad y estén de acuerdo.

En caso que hubiere menores de edad o no hubiere conformidad de todos para llevar el proceso, entonces el trámite deberá seguirse ante un Juzgado Familiar del último domicilio de la persona fallecida.

En caso de que exista testamento se deberá mostrar al Notario dicho documento junto con el acta de defunción. Este se cerciorará de la validez del testamento y elaborará un instrumento en el que los herederos y albacea acepten la herencia y dicho cargo y manifiesten que obran de común acuerdo.

Si no hay testamento y todos los presuntos herederos están de acuerdo y son mayores de edad, deberán mostrar al Notario el acta de defunción así como las actas del Registro Civil para acreditar el parentesco. El Notario deberá cerciorarse que no hay testamento, interrogar a dos testigos y elaborar un instrumento de reconocimiento de derechos hereditarios.

En ambos casos, el Notario deberá realizar dos publicaciones en un periódico de circulación nacional informando lo anterior.

¿Qué hace el Albacea?

Es un administrador temporal de los bienes del difunto. Puede ser uno de los herederos. Realiza los actos necesarios para entregar (adjudicar) a los herederos los bienes y, en su caso, pagar las deudas que hubiera a cargo de la herencia.

No se queda con los bienes. Debe contar con el consentimiento de los herederos tanto en el inventario de los bienes como en la forma en que estos serán adjudicados. Debe rendir cuentas.

La ley señala que el Albacea debe llevar a cabo su función en el plazo de un año. Al concluir éste y solo si se le han aprobado las cuentas, se le podrá prorrogar por un año más.

¿Es cierto que se pagan muchos impuestos por la herencia?

La adquisición de bienes por herencia no causa impuestos, siempre que estos sean bienes muebles (artículos personales, vehículos, joyas, etc.) o dinero.

En el caso de inmuebles (terrenos, casas, oficinas, etc.) se causa un impuesto por adquirirlos. La adjudicación de estos bienes debe constar ante Notario y el monto depende del valor de los mismos.

Un consejo

Al momento en que considere iniciar con el trámite de herencia, ya sea que exista o no testamento, acuda con un Notario, quien le explicará con detenimiento los pasos a seguir y le orientará de la mejor manera.

Notaria 110
9611471317

04/08/2020

No heredes problemas; haz tu testamento.

31/07/2020

Adelantamos el mes del testamento para tu tranquilidad y poner en orden tus cosas.
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En estos tiempos es mejor ser precavido.Adelantamos el mes del testamento.
21/07/2020

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21/07/2020

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03/01/2020

Que este 2020 sea para nuestros clientes y amigos lleno de prosperidad salud y exitos.

18/10/2019

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