03/03/2026
Muchas veces me preguntan o me dicen, ¿Quiero divorciarme, pero no quiero que se entere la otra parte? o divórcieme y que la otra persona no se entere.
Aqui esta el motivo por el cual se debe de cuidar los aspectos y siempre informar por que siempre es mejor que se haga todo como debe de ser. Ya que se arriesgan a una nulidad.
y en los casos que no se sabe el paradero de la otra persona pues hay mecanismos a seguir para que se hagan las notificaciones pero se debe de cuidar todos esos aspectos.
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Registro digital: 2028828
Instancia: Primera Sala
Undécima Época
Materias(s): Civil
Tesis: 1a./J. 79/2024 (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 37, Mayo de 2024, Tomo II, página 2072
Tipo: Jurisprudencia
EMPLAZAMIENTO AL JUICIO DE DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR SU ILEGALIDAD TIENE COMO CONSECUENCIA DEJAR SIN EFECTOS LA SENTENCIA DE DIVORCIO.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito llegaron a conclusiones diversas sobre los efectos de la concesión del amparo ante la falta o la nulidad del emplazamiento en un juicio de divorcio. Mientras que uno de los tribunales consideró que debía dejarse insubsistente el emplazamiento ilegal y todo lo actuado con posterioridad, incluyendo la sentencia; el otro estimó que debía dejarse intocada la resolución de divorcio para que la reposición del procedimiento únicamente versara sobre las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial.
Criterio jurídico: La falta o nulidad del emplazamiento en un juicio de divorcio sin expresión de causa conlleva la reposición del procedimiento desde la actuación ilegal. Esto incluye dejar sin efectos tanto la sentencia de divorcio como la orden al Registro Civil de levantar el acta correspondiente o de realizar una anotación marginal en el acta de matrimonio.
Justificación: El emplazamiento a juicio es una actuación de orden público y su falta o ilegalidad constituye la violación de carácter procesal más grave en contra de la parte demandada. Dejar subsistente la sentencia, a pesar de la ilegalidad del emplazamiento, afecta el derecho a la seguridad jurídica de la persona demandada, aun cuando en su momento ésta no hubiera podido oponerse al divorcio. Esto es así, porque la modificación del estado civil de las personas tiene efectos patrimoniales y extrapatrimoniales que no sólo se dirimen en un juicio de divorcio. Además, mientras que los códigos civiles sí prevén reglas que protegen a las personas en estados familiares posteriores que hubieran actuado de buena fe, no existen normas para resolver los problemas que pudieran surgir si se deja subsistente la sentencia. Por tanto, el derecho al libre desarrollo de la personalidad no tiene el alcance de validar una sentencia de divorcio dictada sin el conocimiento de una de las partes, ya que este derecho tiene como límites la protección del orden público y la afectación de derechos e intereses de terceras personas.
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