08/05/2025
El numeral 186 de CNPP contempla como una salida alterna en el procedimiento penal el Acuerdo reparatorio; el cual se celebra entre el imputado y la víctima u ofendido.
La celebración de dicha salida tiene la finalidad de reparar los daños causados por el hecho señalado como delito y una vez cumplimentado da paso a la extinción de la acción penal.
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