Gestiones y Trámites de Notaría, Despacho Jurídico Todos Santos.

Gestiones y Trámites de Notaría, Despacho Jurídico Todos Santos. Gestiones de servicios de Notaria,de topografía y jurídicos.Atendiendo fines de semana con previa

20/05/2026
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08/05/2026

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🚨 | La determinó que las acusaciones falsas entre particulares que dañen el honor o la reputación de otra persona pueden generar responsabilidad por daño moral.

🔎El caso: Un conflicto familiar derivado de un proceso de divorcio y custodia, en el que un hombre difundió en un diario de circulación nacional acusaciones falsas de secuestro y sustracción de su hija contra su exesposa y familiares, pese a que dichos señalamientos ya habían sido descartados por autoridades ministeriales.

🧑‍⚖️En el caso, la Corte ordenó volver a cuantificar la indemnización por daño moral, al considerar que debe tomarse en cuenta la gravedad de la afectación al honor y la dignidad de la mujer, así como el alcance real de la difusión en medios impresos y digitales.

⚠️ ¡Pero ojo! La reparación integral debe mantener un equilibrio constitucional: suficiente para reparar el daño, pero sin imponer cargas desproporcionadas que inhiban la libertad de expresión o generen autocensura.

📄 Amparos Directos 20 y 21, ambos de 2025.

05/05/2026

🦉(REDAM)REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS. 💻PRIVACIDAD VS INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR 👧🏼👦🏻CRITERIO DE LA SCJN⚖️

👩🏼‍💻Caso concreto: Un hombre fue inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, debido a que incumplió con el pago de pensión alimenticia de sus hijos. Inconforme con el acto, promovió amparo indirecto en contra del juez familiar argumentando en su demanda que la inscripción en el padrón del registro de deudores alimentarios es discriminatoria y violatoria de sus derechos de dignidad humana, honor y privacidad, en su vertiente de protección de datos y que exhibirlo públicamente como deudor no contribuye a proteger el derecho de alimentos.

🟣La SCJN atrajo el amparo en revisión y estableció que:

1️⃣ La obligación de dar alimentos tiene como origen el vínculo paterno/materno-filial.
2️⃣ Para su cumplimiento resulta irrelevante que ostenten o no la patria potestad, tengan una relación de convivencia o que se trate de personas nacidas fuera o dentro de matrimonio.

También señaló que ambos progenitores 👱🏽‍♀️🧔🏻están obligados a satisfacer el requerimiento alimentario de forma igualitaria y sin distinción de género.

🔵 La SCJN estableció que la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) es un instrumento de apoyo en los procedimientos jurídicos por alimentos, además de ser un mecanismo de presión social y civil para responsabilizar a la madre o padre que incumplen con sus obligaciones y violentan los derechos de niñas, niños y adolescentes.

👩‍⚖️ Su finalidad es sancionar el incumplimiento alimentario y coaccionar a los deudores para que cumplan con su obligación.

🏛️La Primera Sala concluyó que la intervención de la medida en los derechos del recurrente es proporcional.

La incidencia que genera la publicidad 🗞️del nombre, de sus apellidos, su Registro Federal de Contribuyentes y su Clave Única de Registro de Población de las personas deudoras, además de evitar confusiones entre la identificación fehaciente de la persona de que se trata, NO ES ABSOLUTA pues únicamente se actualiza ante el incumplimiento prolongado en el tiempo respecto de la obligación de pagar alimentos, esto es, después de que la persona deudora afectó el derecho de alimentos por 90 días.

La AFECTACIÓN del deudor alimentario 👱🏽‍♀️🧔🏻NO ES PERMANENTE ya que el
sistema normativo que regula el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos prevé los supuestos de cancelación de la inscripción, por lo que la publicidad de dichos datos personales únicamente subsistirá mientras continúe el incumplimiento de la obligación, por lo que su conservación no excederá del tiempo necesario para cumplir con su finalidad.

⚖️Justificación: Por lo tanto, es legítimo considerar que la afectación a la privacidad y la exhibición del nombre de la persona deudora alimentaria, así como sus datos de identificación deben ceder ante la protección del derecho de alimentos de las personas menores de edad, pues es precisamente la publicidad de esa información la que permite contribuir al combate del incumplimiento voluntario de la obligación alimenticia que ha sido afectada de manera prolongada por parte de las personas deudoras.

Máxime que dicha incidencia deviene de una orden emitida por una autoridad
competente 👩‍⚖️como lo mandata el artículo 16 constitucional, pues debe ser
emitido por el juez o la jueza que conoce de la controversia familiar de alimentos.

La 🏛️Primera Sala determinó que la orden de inscripción al Registro de Deudores Alimentarios Morosos de las personas deudoras alimenticias, que permite la publicidad de datos personales, es válida a la luz de los artículos 6, fracción II y 16 constitucionales📗, dado que su incidencia en los derechos de dignidad, privacidad y protección de datos personales se considera justificada y proporcional en atención a la finalidad que persigue, a saber, el derecho de alimentos y el interés superior de la infancia👧🏼👦🏻, recordando que la publicidad de la información y la protección de datos personales son valores protegidos en nuestro texto constitucional que lejos de considerarse excluyentes, deben trabajar siempre en concordancia.

✅ Refirió que la norma 📖tampoco se considera discriminatoria en términos del artículo 1 constitucional, dado que la medida de inscripción al REDAM no se establece con base en alguna categoría prohibida por el texto constitucional, ni por alguna otra que atente contra la dignidad humana de las personas, sino que se prevé como consecuencia del incumplimiento voluntario de la obligación de dar alimentos.

➡️Y si bien el recurrente cuestionó de
manera general la totalidad de los datos que deben agregarse en la inscripción al Registro, únicamente serán del dominio público, el nombre, los apellidos, el Registro Federal de Contribuyentes y su Clave Única de Registro de Población; información que se considera razonable para evitar confusiones entre los nombres de las personas deudoras.

🏛️DECISIÓN DE LA SCJN AMPARO EN REVISIÓN 472/2024
La inscripción al Registro de Deudores Alimentarios Morosos de dicha entidad se considera válida a la luz de los derechos de dignidad, privacidad y protección de datos personales de la persona que incumple con la obligación de pago de alimentos prevista en dicha norma.

🟢En conclusión, la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos no vulnera la Constitución cuando deriva del incumplimiento voluntario y prolongado de una obligación alimentaria.

Por el contrario, constituye una medida legítima, idónea y proporcional para salvaguardar el derecho de alimentos, así como el interés superior de niñas, niños y adolescentes, recordándonos que la protección de la dignidad, la privacidad y los datos personales debe armonizarse con la responsabilidad de cumplir con quienes más dependen de ese deber👧🏼👦🏻.








15/04/2026

¡ALERTA POR FRAUDE MODALIDAD “SMS”!

Los ciberdelincuentes simulan ser de una institucón Bancaria, enviando mensajes en los que aseguran tener un cargo por cierta cantidad y solicitan que realices una llamada al 5588984329 con información FALSA.

Recomendaciones

- Recibiste un SMS; No hagas clic, puede ser una ESTAFA.
- Verificar directamente con la institución.
- No ingresar datos personales en enlaces recibidos por mensaje.
- Reporta los números SMS como spam y bloquea.

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¿Qué es un ticket de compra y para qué sirve?El ticket de compra es un comprobante que te entrega un comercio cuando rea...
09/04/2026

¿Qué es un ticket de compra y para qué sirve?

El ticket de compra es un comprobante que te entrega un comercio cuando realizas una compra. Este documento detalla la operación realizada, incluyendo información como la fecha, el importe total, los impuestos aplicados y, en algunos casos, datos del establecimiento,es obligatorio, pero no garantiza gratuidad.
De acuerdo con el Artículo 12 de la LFPC, todo proveedor está obligado a entregar al consumidor un comprobante de pago que incluya los datos específicos de la compra, servicio u operación realizada. Si el comercio omite este paso, no se activa automáticamente la gratuidad del producto o servicio, sino que se hace acreedor a una sanción económica por parte de la PROFECO.Actualmente en muchos comercios se realiza la pregunta si usted como cliente quiere su ticket de compra,lo cual no debería de hacerse ya que por ley deben entregártelo. Aunque muchas veces lo tiramos a la basura sin pensarlo dos veces, este pequeño papel puede ser fundamental para reclamar una devolución, ejercer una garantía o incluso justificar gastos en ciertas situaciones fiscales.

09/03/2026

Aviso importante:

Se informa que, con base en el artículo 30 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur y debido al periodo de Semana Santa, se suspenderán labores del lunes 30 de marzo al viernes 03 de abril para todo el personal.

Las actividades se reanudarán en el horario habitual el lunes 06 de abril manteniendo guardias operativas en las áreas de seguridad, procuración de justicia, protección civil y áreas recaudatorias a fin de garantizar continuidad de los servicios esenciales y atención a la población.

03/02/2026

⚖️ Reflexión jurídica..
No todo conflicto necesita convertirse en una guerra.

No todo juicio debe durar años.
No todo desacuerdo se resuelve con más escritos, más incidentes o más denuncias.
Un abogado no está para complicar la vida de su cliente, está para darle claridad, opciones y salidas reales.

Cuando la estrategia jurídica se basa únicamente en alargar el proceso, en negar cualquier posibilidad de acuerdo o en fomentar el conflicto como forma de trabajo, el problema deja de ser legal... y se vuelve humano.

•A La buena abogacía no se mide por la cantidad de promociones, sino por la capacidad de resolver con inteligencia, ética y responsabilidad.
A veces, el mayor acto de profesionalismo es saber cuándo y cómo ponerle fin al conflicto.

14/01/2026

𝗦𝗼𝘆 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿 𝗔𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼 𝗱𝗲 𝗺𝗶 𝗳𝗮𝗺𝗶𝗹𝗶𝗮.

No crecí rodeado de libros de leyes ni de conversaciones sobre juicios. En mi hogar, se hablaba de cómo estirar el dinero para llegar a fin de mes, de cómo el trabajo duro podía llenar los platos, pero no siempre los sueños.

Cuando dije que quería ser abogado la mayoría dudo, tuve varios comentarios de burla. Pero yo sabía: que iba a ser el primero. El primero en cruzar una puerta que mi familia nunca imaginó abrir.

La universidad fue un choque. Mientras otros hablaban con seguridad sobre leyes, yo aprendía a leerlas desde cero. No había nadie a quien preguntar, solo mi propio esfuerzo y esas noches en vela donde el cansancio y las ganas peleaban entre sí.

Fallé, me caí y quise rendirme más veces de las que puedo contar. Pero entonces recordaba: no solo era mi sueño.

Era el sueño de mis padres que nunca tuvieron esta oportunidad. Era el sueño de mi familia, de mis raíces.

Hoy, como abogado, miro hacia atrás y veo que no solo caminé un camino; construí uno. Sé que habrá otros que lo seguirán. Ser el primero no es fácil, pero siempre vale la pena.

Y tú, que estás leyendo esto, si tienes un sueño que parece imposible, lucha. Sé el primero. Sé el cambio. Porque cuando lo logras, no solo cambias tu vida. Cambias la historia.
El Licenciado

27/10/2025

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Todos Santos
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