28/11/2022
Cuando se da un divorcio incausado, es posible que uno de los cónyuges haya estado en desventaja ante el otro por cuestiones de asimetría de poder, lo cual pudo darse por encargarse más del cuidado de los hijos y del hogar. En ese sentido, es posible que se le deba de dar alimentos al cónyuge que se encontraba en desventaja (esto con independencia de los alimentos que deban de darse a los niños), tanto de manera provisional como definitiva. Por ende, al momento de que se dé el divorcio incausado, el juez debe de proveer sobre las medidas cautelares de alimentos solicitadas en lo que se resuelve dicha cuestión de manera definitiva. El siguiente criterio de un Tribunal Colegiado del estado de Veracruz ilustra esta cuestión.