15/04/2016
Asamblea Anual de Aprobación de Resultados
La Ley General de Sociedades Mercantiles establece que los accionistas de las Sociedades Anónimas se reunirán por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes a la clausura del ejercicio social.
De igual forma, establece que los integrantes de las Sociedades de Responsabilidad Limitada deberán reunirse por lo menos una vez al año en el domicilio social y en la época fijada en los Estatutos, misma que normalmente es durante los meses de enero a abril de cada año de calendario posterior al ejercicio social concluido.
La finalidad de esta asamblea, es discutir, aprobar o modificar el informe de los administradores, gerentes o directores sobre la situación financiera de la sociedad y, en su caso, nombrar, remover o ratificar a las personas que habrán de hacerse cargo de la administración y vigilancia de la misma durante el ejercicio en curso.
En Vejar Malof le podemos asesorar para cumplir esta obligación, no dude en contactarnos.