07/06/2024
| AQUÍ LAS CLAVES DE LA
📜 | El dictamen será votado cuando tomen protesta los nuevos legisladores, que fueron electos este 2 de junio, un mes antes de que el presidente finalice su mandato y que Claudia Sheinbaum, suceda el actual gobierno.
👨🏻⚖️ | El primer objetivo es pasar de 11 a nueve ministros de la ; reducir el período de su encargo, de 15 a 12 años;
🏛️ | Eliminar las dos salas para que la Corte solo tenga sesiones públicas en el pleno.
💰 | Eliminar la pensión vitalicia para actuales y futuros ministros, y ajustar su remuneración al tope de lo que percibe el presidente de la República que, según el Gobierno federal, es de unos US$ 8.000 mensuales.
🗳️ | La reforma plantea que en 2025 se realice una elección extraordinaria para renovar a ministros, magistrados y jueces, y que quienes ocupan actualmente alguno de estos cargos puedan ser candidatos.
🎓 | Se plantean modificaciones al Consejo de la Judicatura, instancia que se encarga de la administración de la judicatura y de la vigilancia de la actuación de los jueces. Esta consistiría en su reemplazo por dos instituciones: el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
⚖️ | La reforma propone también cuatro nuevas reglas procesales:
1. Justicia expedita. Se establece un plazo máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales, y de 1 año para asuntos penales. En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.
2. Justicia local. Los Poderes Judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
3. Fideicomisos del Poder Judicial, que indica que una vez que concluyan los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar, respetando los derechos y prestaciones de los trabajadores.
4. Suspensiones. Se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.