JS & Abogados Asociados

JS & Abogados Asociados Abogados honestos y experimentados en Tijuana que nos especializamos en el Derecho Civil y Familiar.

13/04/2024
No espere una notificación del Juzgado para desalojar, recuerde que al no tener la propiedad a su nombre se encuentra en...
13/04/2024

No espere una notificación del Juzgado para desalojar, recuerde que al no tener la propiedad a su nombre se encuentra en riesgo de perder su patrimonio, sobre todo en los siguientes casos:

a) Su vendedor fallece y los herederos inician la sucesión.
b) Su vendedor se divorcia y la esposa pelea la mitad.
c) Su vendedor pide un préstamo y el banco le embarga por incumplimiento de pago.
d) Su vendedor no paga impuestos y el gobierno le embarga.

Llame ya para una consulta con los expertos.

Divorcio incausado, resultado garantizado, llame ya para una consulta.
19/03/2024

Divorcio incausado, resultado garantizado, llame ya para una consulta.

Algunas de las consecuencias de no poner a su nombre  la propiedad que adquirió, son las siguientes:a) Si su vendedor es...
14/03/2024

Algunas de las consecuencias de no poner a su nombre la propiedad que adquirió, son las siguientes:

a) Si su vendedor estaba casado por bienes mancomunados y se llega a divorciar, el cónyuge contrario podrá reclamar la mitad de los bienes.

b) Si su vendedor llegase a fallecer, los coherederos pueden pelear la propiedad.

c) Si su vendedor pide un préstamo bancario y no lo paga, el banco le puede embargar.

d) Si su vendedor tiene un adeudo fiscal con el ayuntamiento, el estado o la federación, y no lo paga, también le pueden embargar.

No haga más desidia, llame ya para una consulta.

¿Lo sabías?Si necesitas tramitar el pasaporte mexicano de tu hijo menor de edad y el padre NO te quiere otorgar la autor...
15/02/2024

¿Lo sabías?

Si necesitas tramitar el pasaporte mexicano de tu hijo menor de edad y el padre NO te quiere otorgar la autorización o desconoces su paradero...

¡Te podemos ayudar!

Esto se logra mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria en donde pedimos la aprobación del Juez para que sea él quien te autorice la expedición del documento de viaje en la Secretaría de Relaciones Exteriores.

¿Compró o le donaron un inmueble?¿Firmó un contrato de compraventa, cesión de derechos o donación del inmueble en donde ...
06/02/2024

¿Compró o le donaron un inmueble?

¿Firmó un contrato de compraventa, cesión de derechos o donación del inmueble en donde vive?

¿Tiene más de cinco años viviendo en la propiedad?

¿Puede acreditar la posesión con recibos de pagos de servicios?

Si respondió que si a todas las preguntas, usted califica para que, mediante un juicio de prescripción, un Juez le otorgue los derechos de propiedad del inmueble que habita.

No haga más desidia y llame ya para una consulta con los expertos.

Pero, si usted no tiene contrato pero puede demostrar con recibos más de diez años de posesión, llámenos, también le podemos ayudar.

¿Lo sabías?Si tu cónyuge no te quiere dar el divorcio…Si no quiere firmar un convenio…Si no contesta la demanda…Si no ac...
26/01/2024

¿Lo sabías?

Si tu cónyuge no te quiere dar el divorcio…
Si no quiere firmar un convenio…
Si no contesta la demanda…
Si no acude a la audiencia al juzgado…

Ya nada de eso es necesario para que puedas obtener tu libertad legal nuevamente, ahora, con el Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad que tiene cada persona, el Juez va a otorgar el divorcio aunque la contraparte NO esté de acuerdo.

Se libre nuevamente

Te ayudamos a divorciarte aun cuando la contraparte no esté de acuerdo.

Estimados clientes y amigos:Hacemos de su conocimiento que, debido a las condiciones climatológicas que imperaron en el ...
23/01/2024

Estimados clientes y amigos:

Hacemos de su conocimiento que, debido a las condiciones climatológicas que imperaron en el estado, el día de ayer fue declarado inhábil en los juzgados civiles y familiares de esta ciudad.

El día de hoy hay intermitencia en el servicio de luz por lo que algunos Juzgados no están operando con normalidad, aún no sabemos si el día de hoy también será declarado como día inhábil, razón por la cual les informamos que los expedientes del día de hoy no están disponibles y de las audiencias programadas no existe seguridad de que se vayan a poder llevar a cabo.

Les seguiremos informando.

Atentamente,
Lic. Joaquín Salazar

¿LO SABIAS?La adopción es un acto de amor mediante el cual, un hombre, una mujer, o una pareja, brindan a un niño, niña ...
10/01/2024

¿LO SABIAS?

La adopción es un acto de amor mediante el cual, un hombre, una mujer, o una pareja, brindan a un niño, niña o adolescente, la oportunidad de integrarse a un hogar que le permita alcanzar su máximo potencial.

1.- La adopción otorga a los adoptantes todas las obligaciones de un padre biológico, y brinda a los adoptados todos los derechos de un hijo biológico.

2.- Tiene capacidad para adoptar toda persona mayor de veinticinco años, en pleno ejercicio de sus derechos; ya sean cónyuges, concubinos o libres de matrimonio, siempre que sea lo más favorable y benéfico para el adoptado, atendiendo en todo momento al interés superior de la niñez. La persona adoptante deberá tener diecisiete años de edad más que el adoptado, excepto cuando se trate de adopción de personas con discapacidad y esta se promueva por quien tenga parentesco consanguíneo o civil.

3.- Los requisitos que deben cumplir las personas que deseen adoptar son los siguientes:
I. Ser apta y adecuada para adoptar, de conformidad con el Certificado de Idoneidad que emita el Sistema, por conducto de la Procuraduría;
II. Acreditar no haber recibido condena por algún delito contra la vida, salud, persona, libertad, seguridad sexual, la familia o de maltrato;
III. Tener medios suficientes para proveer a la subsistencia, educación, salud, vivienda con calidad, espacios y servicios básicos;
IV. Que goza de buena salud física, acreditada mediante certificado de salud expedido por una Institución Oficial facultada para ello;
V. Que goza de salud mental, acreditada mediante estudio psicológico realizado por el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, por conducto de la Procuraduría.

4.- Para que la adopción pueda tener lugar deberán consentirla los padres que ejerzan la Patria Potestad de los menores de edad, salvo que se trate de abandonados, expósitos o entregados a institución públicas, así también los adoptados en caso de que estos sean adolescentes.

5.- Los solicitantes deberán ser sujetos de estudios en materia de trabajo social, socioeconómicos y psicológicos, y, una vez aprobados estos, la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, previa autorización del Consejo, expedirá el certificado de idoneidad en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días naturales y se integrará a la documentación de su expediente.

6.- Una vez concluidos y aprobados los estudios, el DIF remitirá al juzgado los resultados a fin de que se dé continuidad al juicio de adopción ante un Juez de lo Familiar en donde se llevarán a cabo el resto de las diligencias.

7.- Una vez obtenida sentencia, los adoptantes podrán elegir el nombre o los nombres con los cuales el menor adoptado será registrado, y se expedirá un acta de nacimiento con los apellidos de los adoptantes. Es importante tomar en consideración qué, el acta que se expide, no es un acta de adopción, es una acta de nacimiento tal y como sí el menor hubiese nacido de padres biológicos en un procedimiento tradicional, evitando con ello actos de discriminación futuros para el menor.

09/01/2024

Al momento de firmar un contrato de arrendamiento, estos son los puntos más importantes en los que debes prestar especial atención:

1. NOMBRE COMPLETO DE ARRENDADOR O ARRENDATARIO.
Es importante plasmar el nombre completo tanto del que da en arrendamiento el inmueble como de quien lo recibe, y esto debe ser verificado con la correspondiente copia simple de la identificación oficial de las partes, los nombres deben coincidir en caso de algún incumplimiento de una obligación ya que en todo momento debemos saber el nombre de la persona a la que vamos a demandar.

2. DOMICILIO COMPLETO DE ARRENDADOR.
Para el caso de que exista la necesidad de meter una demanda por incumplimiento de alguna de las cláusulas, el arrendatario debe saber el domicilio en donde se podrá localizar al arrendador para ejercer cualquier tipo de acción legal.

3. MONTO DE LA RENTA.
Se debe establecer de manera específica cuánto se va a pagar de renta por el alquiler del inmueble que se adquiere, también es necesario plasmar en el contrato, la forma, el día y el lugar de pago.

4. DEPOSITO EN GARANTIA.
Comprende el monto del depósito de garantía, las condiciones bajo las cuales se puede retener y el plazo para su devolución al final del contrato.

5. TÉRMINO DEL ARRENDAMIENTO.
Determina la duración del contrato de arrendamiento. ¿Es un contrato de plazo fijo (por ejemplo, 1 año) o un acuerdo de mes a mes? Ten en cuenta las implicaciones del plazo de arrendamiento elegido. También se puede elegir un contrato por tiempo indeterminado.

6. COBRO DE RECARGOS POR PAGOS ATRASADOS.
Se debe determinar con claridad los términos relacionados con los intereses y recargos que deberás pagar si te atrasas en el pago de la renta. ¿Cuáles son las tarifas por pagos atrasados y cuándo se aplican? Comprender estos términos puede ayudarte a evitar sanciones innecesarias.

7. INCREMENTOS AL PAGO DE LA RENTA.
Si el contrato permite aumentos en la renta, deberás conocer con precisión los aumentos legales permitidos y la forma de su aplicación, a fin de evitar incrementos inesperados y estar preparados para ellos.

8. PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS Y MANTENIMIENTO.
Se debe aclarar quién es responsable de pagar los servicios públicos (por ejemplo, agua, electricidad, gas) y quién es responsable del mantenimiento y las reparaciones (por ejemplo, plomería, electricidad, etcétera.

9. TERMINACIÓN Y RENOVACIÓN.
Ten en cuenta el período de notificación requerido para dar por finalizado el contrato, ya sea por tu parte o por parte del arrendador. Conoce los términos para la renovación del contrato si planeas quedarte en la propiedad.

10. MASCOTAS Y RESTRICCIONES.
Si tienes o planeas tener mascotas, verifica las cláusulas relacionadas con las mascotas en el contrato. Comprende las restricciones o tarifas adicionales asociadas con las mascotas.

11. SUBARRIENDO.
Determina si el contrato permite el subarriendo o si necesitas la aprobación del arrendador para subarrendar la propiedad.

12. OBLIGACIONES LEGALES.
El contrato deberá cumplir con las leyes y regulaciones locales que rigen las relaciones entre arrendadores y arrendatarios.

No dudes en contactarnos si tienes algún problema con el que podamos ayudarte, si necesitas asesoría profesional o alguna duda sobre este importante tema, con gusto te ayudaremos.

04/01/2024

Estimados clientes y amigos:

Es un gusto como siempre poder estar en contacto con ustedes nuevamente después de un merecido periodo vacacional, el día de hoy reinician actividades los juzgados y nosotros también estamos a sus apreciables órdenes para atenderles como ustedes se merecen.

En el transcurso de esta semana les vamos a enviar algunos comunicados importantes para que por favor los lean con atención y estén atentos a ellos, queremos implementar este año algunos cambios que consideramos van a ser de beneficio para ustedes nuestros clientes. En los próximos días les enviaremos el informe mensual de seguimiento y vamos a ir respondiendo paulatinamente sus mensajes pendientes a la brevedad posible.

Agradecemos la confianza y paciencia que ustedes depositaron en nosotros en el año que recién terminó, esperamos que este año que recién inicia sea uno colmado de bendiciones para ustedes, sus trabajos y sus familias, y que la abundancia de la tierra sea derramada sobre cada uno de ustedes.

Feliz Año Nuevo 2024.

Atentamente,
Lic. Joaquin Salazar.

El Juicio de Prescripción es un proceso legal mediante el cual podrá regularizar su propiedad, esto se logra una vez que...
03/12/2023

El Juicio de Prescripción es un proceso legal mediante el cual podrá regularizar su propiedad, esto se logra una vez que un Juez dicta sentencia a su favor y surte efectos una vez que inscribe a su nombre el inmueble en el Registro Público de la Propiedad. Debe tener en cuenta que, en su escrito inicial de demanda, deberá poner el nombre completo de la persona que le vendió y también de la persona que aparece como propietaria registral.

Aún y cuando no podemos determinar con precisión el tiempo que durará un juicio, -ya que existen diversos factores que pueden acortar o alargar el proceso-, si conoce el domicilio de su vendedor, el tiempo estimado es de un año aproximadamente. Si no conoce el domicilio del vendedor, la demanda deberá notificarse por edictos y esto alarga el proceso y el costo.

Agende una cita gratuita cuanto antes y no haga más desidia, llame ya.
Otorgamos facilidades de pago.

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Calle 16 De Septiembre, Numero 3423, Colonia 20 De Noviembre
Tijuana
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