Departamento de Investigación juridica Poder Judicial de Nayarit

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Departamento de Investigación juridica Poder Judicial de Nayarit Publicaciones, noticias de actualidad, consultas y temas jurídicos

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Mi penultimo dia en Playa del Carmen
30/07/2023

Mi penultimo dia en Playa del Carmen

AMLO responde a la Corte con un decreto contra transparencia
19/05/2023

AMLO responde a la Corte con un decreto contra transparencia

El decreto considera como de seguridad nacional las obras emblema de su gobierno, así como su funcionamiento.

28/11/2022

🇵🇾 "Sin Independencia Judicial, no hay Estado de Derecho. Un sistema judicial independiente es la principal garantía de la democracia y los derechos humanos", señala el 👨🏿‍⚖️ Presidente de la Corte IDH, Juez Ricardo C. Pérez Manrique, en su Conferencia Magistral en la capacitación sobre Control de Convencionalidad, Sistema Interamericano y principales líneas jurisprudenciales de la Corte Interamericana a jueces y juezas del Paraguay. Participan magistrados de distintas partes del país.

04/07/2022


👩🏾‍⚖️👨🏿‍⚖️Resolución de la Corte IDH en el Caso Radilla Pacheco Vs. México 🇲🇽 del 24 de junio de 2022.

👩🏿‍💻Más información aquí:
http://ow.ly/jh2350JNYpu

01/07/2022

Acompáñanos a la conferencia magistral

🟣 La obligación de juzgar con perspectiva de género desde los estándares del sistema interamericano de protección de los

⭕️ Patricia Pérez Goldberg

📅 7 de julio
🕙 10:05 horas

Sigue la transmisión en vivo en YouTube bit.ly/3teaD6V

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03/05/2022

Comunicados de Prensa
No. 120/2022

Ciudad de México, a 06 de abril de 2022

LOS INFORMES DE CONVIVENCIA NO CONSTITUYEN UN ELEMENTO PARA TENER POR SATISFECHA LA PARTICIPACIÓN Y ESCUCHA DE LOS MENORES EN LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON SU GUARDA Y CUSTODIA: PRIMERA SALA

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el derecho de los menores de edad a ser escuchados en los procedimientos judiciales que les afecten directa o indirectamente, consagrado en el artículo 12 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, no puede estimarse satisfecho de manera indirecta, específicamente a través de un informe rendido por el profesional en psicología que supervisó las convivencias con alguno de los progenitores.

El caso emana de un juicio familiar en el que se concedió la guarda y custodia de una menor en favor de su madre, decisión que fue confirmada por el Tribunal de Apelación. Inconforme, el padre de la niña, por derecho propio y en representación de su hija, promovió una demanda de amparo directo el cual le fue negado. En desacuerdo, el progenitor interpuso un recurso de revisión en el que manifestó que no fue respetado el derecho de la menor a ser escuchada durante el juicio de origen y que, indebidamente, el tribunal de amparo estableció que ello había ocurrido de manera indirecta y quedaba satisfecho a través del reporte que presentó la psicóloga encargada de supervisar las convivencias celebradas entre la menor y su madre.

En su fallo, la Primera Sala determinó que el criterio adoptado por el Tribunal Colegiado fue desacertado, pues si bien la prerrogativa de los menores a participar en asuntos en que se dilucidan sus derechos no es irrestricta, lo cierto es que conforme a la doctrina desarrollada por la Suprema Corte, para estimar respetado el derecho de la menor a ser escuchada en el procedimiento en que se define su guarda y custodia, ésta debió ser informada sobre ello, externar su voluntad de participar, encontrarse asistida por un especialista en temas de infancia, así como por un representante que no constituya un conflicto de intereses, e incluso por una persona de su confianza.

Asimismo, la menor debió externar su opinión en una diligencia desarrollada a manera de entrevista, en la que se usara material de apoyo que facilitara su expresión, tomando en cuenta la existencia de formas verbales y no verbales de comunicación, y se registrara la entrevista por algún medio, a fin de que pudieran acceder a ella los tribunales de apelación y amparo, con el objeto de evitar la revictimización de la infanta.

A partir de estas consideraciones, la Primera Sala revocó la sentencia impugnada y ordenó devolver el asunto al Tribunal Colegiado competente para que, a la luz de lo expuesto, emita una nueva sentencia.

Amparo directo en revisión 3994/2021. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Resuelto en sesión de 6 de abril de 2022, por unanimidad de votos.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial

20/01/2022

Representantes de 12 estados pidieron a la STPS aplazar de mayo a octubre la puesta en marcha de los nuevos juzgados laborales y los centros de conciliación locales, debido a complicaciones en los calendarios presupuestales.

Otra sentencia contra Mexico en la CIDH
20/01/2022

Otra sentencia contra Mexico en la CIDH

de la CorteIDH en el Caso Digna Ochoa y familiares Vs. México🇲🇽: El Estado es responsable por las graves falencias ocurridas en la investigación de la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa.

📌Accede al Comunicado aquí:https://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_04_2022.pdf

10/12/2021

EFEMÉRIDES DEL PODER JUDICIAL
DICIEMBRE
3 de diciembre de 1929, el Supremo Tribunal, declaró responsabilidad contra del Presidente
Municipal de Acaponeta, por injurias y golpes en agravio de dos vecinos de la localidad, se
declaró formación de causa por su presunta responsabilidad y se le suspendió en definitiva de
su cargo de Presidente Municipal, quedando sujeto a los tribunales del fuero común para ser
juzgado por los delitos que se le imputaron ordenándose la publicación.
6 de diciembre de 2001 Se firmó un Convenio de Colaboración Académica entre el Instituto de
la Judicatura Federal y el Poder Judicial del Estado,.
7 de diciembre de 1871 se promulga el Código Penal para el Distrito Federal y el Territorio de
Baja California, del, conocido también como Código de Martínez de Castro bajo el cual se regiría
la justicia en el territorio de Tepic
7 de diciembre de 1996. Se expidieron en el Poder Judicial del Estado 73 nuevos
nombramientos que incluyeron Jueces y Secretarios de acuerdos aprobados en un histórico
primer examen de oposición.
8 de diciembre de 1927 según el presupuesto de egresos en el Estado, reformado por decreto
627, los Jueces de Primera Instancia de lo Civil y de Hacienda y Criminal de esta ciudad,
percibirían un sueldo diario de $10.00 diez pesos si eran abogados y $6.00 seis pesos si no lo
eran.
8 de diciembre de 1976. Se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el decreto número 5871,
mediante el cual se promulgó la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Nayarit,
que dividió al Estado en nueve Partidos Judiciales: que serían: Acaponeta, Ahuacatlán,
Compostela, Ixtlán, San Blas, Santiago Ixcuintla, Tecuala, Tepic y Tuxpan
13 de diciembre de 1870. Es promulgado el Código Civil del Distrito Federal y Territorios de
Tepic y Baja California, adoptado por la mayoría de los Estados del país y en su momento por
el Territorio de Tepic.
15 de diciembre de 2009. Por Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado que
reforma los artículos 47, fracción IX y 83 de la Constitución Política del Estado de Nayarit, se
dio una nueva conformación al poder Judicial, y se Designaron como nuevos Magistrados
Numerarios del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Nayarit, a los
Licenciados en Derecho Rafael Pérez Cárdenas, Thoth Aldrín Lomelí Aguilar, José Miguel
Madero Estrada, Ana Isabel Velasco García, Pedro Antonio Enríquez Soto, Román Carlos Rafael
González Momita, Rodolfo Adrián Rodríguez Alcantar, Pedro Álvarez Hormaeche, Ismael
González Parra y Manuel Salinas Solís, como Magistrados Numerarios del Tribunal Superior de
Justicia del Poder Judicial del Estado de Nayarit por un periodo de diez años contados a partir
del día 18 de diciembre del año 2009.
20 de diciembre de 1954, en la sesión Ordinaria del Pleno del Tribunal y a petición de la Junta
de mejoramiento de San Juan Peyotán se acordó establecer un Juzgado Menor en Jesús María y
posteriormente un Juzgado de Paz en San Juan Peyotán.
20 de diciembre de 1995. Fue publicada en el periódico oficial del estado LA nueva ley Orgánica
del Poder Judicial expedida por Decreto 7929, la cual entró en vigor al día siguiente. Para
dinamizar y eficientar el conocimiento y resolución de los asuntos de la competencia de las
Salas se establece que cada una de ellas quedarían integradas por su propio Presidente. En esta
nueva ley incorpora como órgano diverso al Pleno del Tribunal, al Consejo de la Judicatura,
detallándose su integración. Con el respaldo que impone la norma constitucional se genera la
extinción técnica de los Juzgados Menores o de cuantía menor continuando como Juzgados de
Primera Instancia. Se hace inclusión en esta ley de un Capítulo especial que faculta al Pleno para
que decrete criterios definidos como fuente de interpretación obligatoria para las autoridades
jurisdiccionales del Estado, a partir de la coincidencia de criterios siguiendo la regla de los
Tribunales Federales, con el fin de favorecer la uniformidad de criterios. Se reglamenta ya el
Cuerpo de Ejecutores creado en 1994 con el fin de dar celeridad a los trámites de ejecución.
Para los efectos de esta Ley se divide en diecinueve Partidos Judiciales y que eran:
I. ACAPONETA.
II. AHUACATLÁN.
III. AMATLÁN DE CAÑAS.
IV. BAHÍA DE BANDERAS.
V. COMPOSTELA.
VI. EL NAYAR.
VII. HUAJICORI.
VIII. IXTLÁN DEL RÍO.
IX. JALA.
X. LA YESCA.
XI. ROSAMORADA.
XII. RUIZ.
XIII. SAN BLAS.
XIV. SAN PEDRO LAGUNILLAS.
XV. SANTA MARÍA DEL ORO.
XVI. SANTIAGO IXCUINTLA.
XVII. TECUALA.
XVIII. TEPIC.
XIX. TUXPAN.
20 de diciembre de 2008, la Secretaría de Educación Media Superior, Superior e Investigación
Científica y Tecnológica del estado de Nayarit reconoció la validez oficial de los estudios de
especialidad en derecho penal, impartido en la Escuela Judicial del Poder Judicial del Estado.
21 de diciembre de 1955. Se publicó en el Periódico Oficial del Estado el decreto número 3797,
de fecha 19 de diciembre de 1955, mediante el cual se reformó la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado, y se modificó la división jurisdiccional del Estado para aumentar dos
Partidos Judiciales, estableciéndose los Juzgados de Primera Instancia de Ruiz y Amatlán de
Cañas, que iniciaron funciones desde la fecha de publicación de este Decreto.
25 de diciembre de 1976. Se promulgó la Ley que establece las normas mínimas sobre
readaptación social de sentenciados en el estado de Nayarit. Su finalidad: organizar el sistema
penitenciario en el Estado sobre la base del trabajo, capacitación para el mismo y la educación
como medios de readaptación social del delincuente.
31 de diciembre de 1917. La primera Legislatura del estado concedió facultades extraordinarias
al Ejecutivo estatal “para que mientras se expida la Constitución Política y Leyes Orgánicas
respectivas nombre con carácter interino a los funcionarios y empleados judiciales que han de
expeditar la justicia en el estado.
31 de diciembre de 1955. Se publica en el Periódico Oficial del Estado el Decreto número 3805
del que se derogó el decreto 419 que establecía la Escuela de Jurisprudencia en el Estado en
sus artículos 2º y 22 y determinó que la Facultad de Derecho pasaría a formar parte del
Instituto del Estado en tanto se constituyera la Universidad de Nayarit, facultando al Rector a
fijar el plan de estudios de la carrera de Abogado con el acuerdo del Consejo de la Facultad.
31 de diciembre de 1981. En el Período del Presidente del Tribunal licenciado José Luis Béjar
Fonseca, dejaron de existir los Juzgados de Paz con la entrada en vigor de la nueva Ley
Orgánica del Poder Judicial promulgada por decreto 6520.

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