30/09/2022
¿Deseas demandarle alimentos al padre de tu hijo? Es importante aclarar que el hecho de que el padre de tu hijo te proporcione alimentos “No es una ayuda, es una obligación que tiene con su hijo, y es un derecho que el menor tiene para poder llevar una vida digna ”.
De acuerdo al Código Civil del estado de Tamaulipas en su artículo 277.- manifiesta lo siguiente:
ARTÍCULO 277.- Los alimentos comprenden:
I.- La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y en su caso, los gastos de embarazo y parto;
II.- Respecto de los menores, además, los gastos para su educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión honestos y adecuados a sus circunstancias personales
III.- Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su rehabilitación.
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