22/06/2026
🚨 | La confirma que la PROFECO puede conocer de reclamaciones relacionadas con servicios educativos privados.
🎓 El caso surgió a partir de la solicitud de un padre de familia para obtener el reembolso de pagos realizados a una institución educativa, luego de informar que sus hijos no cursarían el ciclo escolar en esa institución.
⚖️ La Corte determinó que la prestación habitual de servicios educativos a cambio de un pago genera una relación de consumo, por lo que las escuelas privadas están sujetas a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
🤝 Se reconoció que la PROFECO puede supervisar que se respeten los derechos de las personas consumidoras en las condiciones económicas y contractuales de estos servicios.
📄 Amparo Directo en Revisión 1762/2026.