21/05/2021
Indemnización constitucional.
En caso de que tu patrón te quiera despedir injustificadamente, te corresponde una indemnización, la cual consta de:
-Tres meses de salario, basándose en el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización.
-Prima de antigüedad, correspondiente a 12 días de salario, topado al doble del mínimo, por cada año de servicios prestados.
-Vacaciones, correspondiente al pago de los días de vacaciones generadas, dependiendo de la antigüedad al servicio del patrón.
-Prima vacacional, correspondiente al importe del 25%, como mínimo, del concepto de vacaciones.
-Aguinaldo, correspondiente a 15 días de salario, como mínimo, por haber laborado el último año, o en su caso, la parte proporcional.
En caso de que no quieran pagar tu indemnización, contáctanos al 8118804003, nosotros te asesoramos.