28/04/2026
NO TE PUEDEN QUITAR LAS PLACAS DE TU VEHÍCULO POR UNA FALTA ADMINISTRATIVA
Un día vas manejando normal y dejas tu vehículo en la calle para comprar algo en la tienda. Posteriormente sales y observas a policías quitándote las placas de tu vehículo y te dicen que fue porque cometiste una infracción, pero te las devolverán cuando realices el pago de la multa.
Tú te quedas con esa sensación incómoda de que algo no está bien, pero no sabes exactamente qué hacer.
Aquí es donde empieza el verdadero problema:
Muchas personas piensan que eso es correcto, pero legalmente no. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es clara:
Las sanciones por infracciones administrativas SOLO pueden ser:
- Multa.
- Arresto hasta 36 horas.
- Trabajo comunitario.
Nada más.
Retener placas de vehículos NO es una sanción permitida.
Entonces, ¿qué está pasando?
Que existen reglamentos y leyes locales que le dieron a la autoridad una facultad que NO está en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Pero cuando una ley va en contra de la Constitución Federal, esa ley simplemente NO vale.
La retención de placas como “garantía de pago” es inconstitucional.
Es decir:
Te están quitando algo, sin que la Constitución Federal lo permita y bajo una facultad que no debería existir.
Si viviste una situación similar, contáctanos.