01/10/2019
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La Corte determinó que cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio sin que exista motivo o causa. El simple deseo de divorciarse es suficiente para hacerlo. No se viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad del cónyuge que no quiera disolver el vínculo matrimonial.
Amparo Directo en Revisión 5198/2016 Ponente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Consulta el archivo de este expediente: http://bit.ly/2suo3MH