09/07/2025
📜Criterio del SAT respecto a los trabajadores de plataformas
🗓Hoy se publica en DOF🗞, el ya anticipado Criterio Normativo 59/ISR/IVA/N.
Con ello, la autoridad hacendaria busca🔎 "aclarar" cuáles son las consecuencias fiscales de la reforma laboral👷♂️ en materia de trabajadores de plataformas digitales.📱
A consideración del SAT:🧐
📌Ya existe un régimen fiscal específico, que considera como actividad empresarial los ingresos que reciben prestadores de servicios a través de plataformas.
📌La reforma crea un esquema de relación laboral atípica (no tradicional).
📌En materia fiscal debe prevalecer el "origen" de la generación de la contraprestación/ingreso (actividad empresarial).
📌 Para efectos fiscales, los ingresos de los trabajadores de plataformas no tienen el carácter de salarios.
🫨Evidentemente, esto aumenta las inquietudes y contradicciones de la reforma😔, pues mediante un criterio normativo del SAT, se crea un esquema fiscal inédito.
Pues resulta ser que, los ingresos de los trabajadores de plataformas legalmente se consideran salarios💸, y al mismo tiempo contraprestaciones por actividades empresariales por las que se está obligado al pago del IVA😱.
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