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  Terminó la segunda jornada de juicio, en defensa de tres ciudadanos por supuestos delitos de secuestro y violación. Au...
03/06/2025

Terminó la segunda jornada de juicio, en defensa de tres ciudadanos por supuestos delitos de secuestro y violación.

Aurelio Cas Her Miguel Antonio Avalos Juan Carlos Vázquez Guevara

Sí tienes un problema penal como “el amigo”: ¡llámanos!Contactos: 444 447 9945  444 856 5631  444 188 9650.
03/06/2025

Sí tienes un problema penal como “el amigo”: ¡llámanos!

Contactos: 444 447 9945 444 856 5631 444 188 9650.

Comenzando juicio como defensa por supuestos delitos de secuestro y violación. Abogados: Aurelio Castillo, Miguel Antoni...
06/05/2025

Comenzando juicio como defensa por supuestos delitos de secuestro y violación.

Abogados: Aurelio Castillo, Miguel Antonio Avalos y Juan Carlos Vázquez Guevara.

20:43 Hrs. Seguimos en Fiscalía de San Luiss Potosí.Defensa técnica y adecuada de detenidos por narcomenudeo.
06/03/2025

20:43 Hrs. Seguimos en Fiscalía de San Luiss Potosí.
Defensa técnica y adecuada de detenidos por narcomenudeo.

¿Se puede tener y usar para defensa un arma de fuego en el domicilio?
20/02/2025

¿Se puede tener y usar para defensa un arma de fuego en el domicilio?

Registro digital: 167882
PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO SIN LICENCIA. NO SE CONFIGURA ESE DELITO SI UNA PERSONA REALIZA DISPAROS EN SU DOMICILIO SIN LESIONAR BIENES JURÍDICOS, AUN CUANDO NO CUENTE CON EL PERMISO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE.
El artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consigna como garantía del gobernado la libertad de poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas expresamente por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, disposición que se reproduce en el artículo 15 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, imponiéndole a quien las posea, la obligación de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional para su registro, cuya omisión actualiza la infracción administrativa prevista en el artículo 77, fracción II, de la legislación citada. Ahora bien, para determinar si se trata de posesión o portación de armas, es relevante especificar el lugar en que se usen, pues conforme a la ley suprema y a la ley reglamentaria de la materia, el término posesión se reserva para el domicilio del gobernado, mientras que la portación trae aparejada la noción de traslado del arma en cuestión, precisamente fuera del domicilio, y sólo puede ejercerse previa obtención de la licencia correspondiente, so pena de incurrir en el delito previsto en el artículo 81 de la Ley indicada. En ese sentido, se concluye que no se configura el delito de portación de arma de fuego sin licencia si una persona realiza disparos en su domicilio sin lesionar bienes jurídicos, aun cuando no cuente con el permiso de la autoridad competente, en tanto que sólo se integra el supuesto normativo de posesión de arma de fuego, pero no de portación. Además, si la legislación federal no prevé como conducta delictiva el disparo de arma de fuego, la hipótesis mencionada no puede ser motivo de sanción a nivel penal, sin menoscabo de que con ella puedan cometerse delitos -como lesiones, homicidio o daño en propiedad ajena- consumados o en grado de tentativa e, incluso, a nivel culposo que, en su caso, habrán de sancionarse.
Contradicción de tesis 49/2008-PS. Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito y el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Sexto Circuito. 29 de octubre de 2008. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz y Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Carmina Cortés Rodríguez.
Tesis de jurisprudencia 117/2008. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha cinco de noviembre de dos mil ocho. GL

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13/02/2025

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11/12/2024

Justicia para un padre asesinado.
Hoy su agresor se quedó en la cárcel con el apoyo a Fiscalía de este equipo legal.

Sigamos trabajando.
11/12/2024

Sigamos trabajando.

29/11/2024

29 de noviembre del 2024
Hoy otro hijo regresa libre a casa con sus padres, por cambio de medida cautelar.

¡Los queremos SEGUROS!
26/08/2024

¡Los queremos SEGUROS!

30/07/2024

⚠ Evita ser víctima de

🚨 Mantente alerta de los siguientes números reportados con los que están extorsionando a ciudadanos:

📲 464 115 7327
📲 557 235 4657
📲 563 772 1145
📲 440 100 9173

👮🏻‍♀👮🏻‍♂️¡No te dejes engañar!

1️⃣ Identifica el número del que te hablan.
2️⃣ Cuelga y localiza a la supuesta víctima de inmediato.
3️⃣ No realices ningún depósito de dinero.
4️⃣ Contacta a la Policía Cibernética Municipal

destacados

Policía Cibernética Municipal SSPC SLP de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana SLP

🫡 Atención Ciudadana:
444 329 3281

“No seas demasiado engreído muchacho, sin importar lo bueno que seas. Y nunca dejes que te vean llegar, eso lo arruina t...
30/07/2024

“No seas demasiado engreído muchacho, sin importar lo bueno que seas. Y nunca dejes que te vean llegar, eso lo arruina todo. Debes mantenerte siempre pequeño, inocuo. Debes ser el t0nto, el lepr0so, el vag0, desempleado.

Mírame a mí, subestimado desde el principio, ¿quién pensaría que soy el amo del universo?”.

🎬 El abogado del di4blo.

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