MLDC Corporativo

MLDC Corporativo Ofrecemos un trabajo de excelencia brindando personalización y cercanía a cada caso, permitiendo ver resultados durante cada etapa del proceso.

DESCRIPCIÓN

‣Misión

Ser un puente que permita en relación a la posibilidad repartir por igual las mismas oportunidades de crecimiento, felicidad, progreso, justicia e igualdad. Permitiendo esto con una estrategia jurídica adecuada a cada caso en concreto, para evitar posibles problemas y solucionar los que se enfrentan. Ofreciendo un trabajo de excelencia brindando personalización y cercanía a c

ada caso, permitiendo ver resultados durante cada etapa del proceso. SERVICIOS

Brindamos un servicio especializado en derecho civil ofreciendo asesoría y soluciones integrales a distintas problemáticas que puede afectar a la sociedad tales como:

Divorcios
Guarda y custodia de menores
Pensiones alimenticias
Problemas con terrenos
sucesiones
Contratos
Actos, omisiones de la Autoridad

INFORMACIÓN ADICIONAL

Horarios

Lunes a viernes
9:00 AM-2:30 PM
2:30 PM-7:00 PM

13/05/2020

"Tal vez no este de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu DERECHO a decirlo"

03/04/2019

Derecho al mínimo vital

22/01/2019

¿Sabías que los padres separados no pueden impedir que sus hijos viajen al extranjero? Se protege el interés superior de la infancia al permitir visitar a sus familiares que viven en otros países. Sin embargo, la Corte determinó que ante la sospecha fundada de que la autorización para realizar el paseo pudiera dar lugar a la sustracción del menor, el juzgador debe exigir que el solicitante otorgue una garantía de que el menor será regresado al país en la fecha indicada. Amparo Directo en Revisión 4075/2016 Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo 🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2zpR1ky

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12/01/2019

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Trabajadoras domésticas
10/01/2019

Trabajadoras domésticas

Una mujer fue despedida de manera injustificada luego de haber trabajado 50 años en una casa en la que realizaba labores domésticas. Reclamó las prestaciones que otorga la seguridad social a los trabajadores en general. El caso llegó a la Corte, amparó a la mujer y determinó que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las empleadas domésticas ante el IMSS. Por ello, el Instituto tendrá que implementar un "programa piloto" para afiliar a las empleadas domésticas a un régimen especial de seguridad social y que a su vez dé facilidades administrativas para que se cumplan las obligaciones patronales. Amparo Directo 9/2018 Ponente: Ministro Alberto Pérez Dayán Consulta comunicado en: http://bit.ly/2C9Bztc

07/01/2019

Para tener el apellido del padre que las cuidó y no del biológico, dos hermanas exigieron el cambio. Argumentaron que el primero, era quien frente a su familia y la sociedad, ha asumido el rol de padre con ellas desde niñas. Se estimó improcedente su petición. Inconformes promovieron un amparo y les fue negado. Su caso llegó a la Corte, donde se les concedió el amparo para que la autoridad verifique la necesidad y conceda la modificación del nombre de las quejosas a efecto de ajustar su situación jurídica a su realidad social con la emisión de nuevas actas, sin que ello implique la nulidad de los actos que realizaron bajo su identidad anterior y que traían aparejados efectos jurídicos. Amparo Directo en Revisión 259/2013 Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2S8n53O

18/12/2018

Personas compraron tenis que ofrecían adelgazar con el simple hecho de caminar. Confirmaron después de un tiempo que no hubo los resultados anunciados. Los consumidores reclamaron la publicidad engañosa ante la Profeco, instancia que inició procedimientos que no prosperaron en beneficio de los compradores. El caso llegó a la Corte, avaló el reclamo de una indemnización por los daños y determinó que el proveedor debe comprobar con información técnica y científica que los atributos del producto que se anuncian en la publicidad son verdaderos. Amparo Directo en Revisión 2244/2014 🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2EDdmzM

11/12/2018
11/12/2018

Luego de 22 años se divorciaron. La mujer, que se dedicó al trabajo del hogar y al cuidado de los hijos, reclamó el 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio. El juez ordenó al hombre pagar el valor de lo solicitado. El caso llegó a la Corte y determinó que la repartición de hasta el 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio a favor del cónyuge que se dedicó cotidianamente a las labores del hogar, no vulnera el derecho humano a la propiedad. Amparo Directo en Revisión 6207/2016 Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo 🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2R7m22N

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