06/03/2026
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¿Te pueden cortar la luz por un adeudo? Sí. ¿Puede ese corte convertirse en una violación a tus derechos humanos? También.
Un Tribunal Colegiado acaba de decir algo trascendental: cuando la CFE actúa unilateralmente y su decisión puede afectar derechos como la salud, la vivienda o incluso la vida, deja de ser solo “un contrato mercantil” y puede ser considerada autoridad para efectos del amparo. Y más aún: el corte del suministro eléctrico puede justificar una suspensión inmediata, porque la electricidad no es un lujo, es una condición mínima de dignidad.
Esto no significa que nadie deba pagar la luz. Significa algo más profundo: que el Estado —incluso cuando cobra— no puede olvidar que detrás de cada medidor hay personas. La energía eléctrica ya no es solo un servicio; es un derecho interdependiente. Y el derecho, cuando protege lo esencial, cumple su verdadera función: evitar que la justicia llegue demasiado tarde.
X Jose Mario