15/01/2026
Un Tribunal Colegiado determinó que los actos de la Fiscalía General del Estado, incluso durante la investigación penal, pueden ser analizados como actos administrativos cuando causan un daño a las personas.
En estos casos, la reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado debe tramitarse ante el Tribunal de Justicia Administrativa, y no quedar excluida bajo el argumento de que se trata únicamente de actuaciones del sistema penal.
El criterio amplía la tutela de derechos humanos y evita interpretaciones restrictivas que impidan reclamar indemnización por daños derivados de una actividad administrativa irregular. Esta tesis se publicó el viernes 28 de noviembre de 2025 en el Semanario Judicial de la Federación. Puedes consultar mas en el siguiente link: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2031518