27/07/2026
LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Y EL DERECHO A COMPRENDER EL PROCESO PENAL: UNA GARANTÍA CONSTITUCIONAL DE ACCESO EFECTIVO A LA JUSTICIA
En un Estado Constitucional de Derecho, la justicia no se limita a permitir que una persona comparezca ante un tribunal; exige que comprenda plenamente el proceso en el que participa.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el Amparo Directo en Revisión 7330/2025, fortaleció la protección de los derechos humanos de las personas adultas mayores al establecer que, cuando sus condiciones particulares lo requieran, las autoridades tienen el deber de proporcionarles información clara, accesible y suficiente sobre la existencia de los agentes especializados del Sistema de Protección a las Personas Adultas Mayores, para que puedan recibir acompañamiento durante el desarrollo del procedimiento penal.
Esta decisión representa una evolución del derecho de defensa desde una perspectiva constitucional y convencional. El acceso a la justicia no se satisface únicamente con la designación de un defensor; también exige que la persona pueda entender qué ocurre, cuáles son sus derechos, cuáles son las consecuencias jurídicas de cada actuación y qué mecanismos institucionales existen para apoyarla.
La edad avanzada puede generar condiciones de vulnerabilidad que dificulten la comprensión de procedimientos complejos. Por ello, el principio de igualdad material obliga a las autoridades a adoptar ajustes razonables que permitan eliminar barreras de comunicación y garantizar una participación efectiva.
No se trata de otorgar privilegios, sino de hacer realidad el principio de igualdad previsto en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de cumplir con los estándares internacionales de protección de los derechos humanos.
La sentencia reafirma que el debido proceso no solo consiste en respetar formalidades legales; también implica que las personas comprendan el contenido y alcance de cada actuación procesal. Una defensa efectiva es imposible cuando el imputado o la víctima desconocen lo que está ocurriendo dentro del procedimiento.
La justicia verdaderamente incluyente reconoce que la información accesible constituye un presupuesto indispensable para el ejercicio de todos los demás derechos procesales. Explicar con claridad, orientar adecuadamente y facilitar el acceso a los mecanismos de protección no es un acto de cortesía institucional: es una obligación constitucional.
Como operadores jurídicos, debemos recordar que la dignidad humana también se protege mediante un lenguaje claro, una comunicación accesible y un trato diferenciado cuando las circunstancias lo exigen. Solo así el proceso penal deja de ser un procedimiento incomprensible para convertirse en un verdadero instrumento de tutela judicial efectiva.
La justicia solo es auténtica cuando todas las personas pueden comprenderla, ejercerla y defenderse en condiciones de igualdad.
Troncoso & Abogados
Análisis jurídico con perspectiva constitucional, derechos humanos y excelencia académica.