27/09/2021
A finales del año pasado, conocí en el despacho del problema de una persona que en el año 2018 le fue diagnosticada en el IMSS una enfermedad que para ser curada requería de una intervención quirúrgica que tenía que practicarle un neurocirujano, pues debían extirparle dos tumores del cerebro.
A mas de dos años de que esta persona peregrinara por todos los hospitales del IMSS en el Estado, los doctores de dicho instituto no le programaban la cirugía que requería para la atención de esa enfermedad, aun cuando la misma ponía en riesgo su vida, podía dejar secuelas permanentes en ella y constantemente sufría de fuertes dolores de cabeza.
Ante ese panorama, promovimos un juicio de amparo, reclamando la omisión de dicho instituto de brindarle la atención medica que necesitaba para el tratamiento de esa enfermedad, el cual nos fue admitido, ordenando al instituto que brindara a la quejosa la atención medica que requería en el plazo de 24 horas.
En atención a dicha orden del Juez de Distrito, los médicos de diferentes hospitales del IMSS en el Estado practicaron los estudios médicos que esta persona requería para someterse a la intervención quirúrgica que necesitaba, canalizándola al hospital de especialidades del IMSS en Monterrey, Nuevo León para que la realizaran.
El día 6 de septiembre de este año, le fue practicada a mi representada la intervención quirúrgica que necesitaba, llevándose a cabo la misma con éxito, siendo dada de alta el día 20 de septiembre, para continuar con su recuperación ya en su domicilio en esta ciudad de Rioverde, S.L.P.
Hago publico el caso de esta persona, con su consentimiento, reservando su identidad, para que cualquier persona que se encuentre en una situación igual o similar en la que alguna institución pública de salud este omitiendo brindar la atención medica que requiere para el tratamiento de cualquier enfermedad o no se le este proporcionado el medicamento que necesita para el tratamiento de la misma sepa, que no está sola, que el derecho a la salud que tiene Constitucionalmente y que obliga a todas las autoridades públicas a proporcionarlo al mas alto nivel posible, no solo se encuentra en la Constitución y puede ser tutelado por un órgano jurisdiccional federal.
Por lo cual invito a las personas que se encuentren en una situación como la descrita anteriormente a que acudan a nuestro despacho jurídico para recibir asesoría jurídica en el tema, este servicio será ofrecido ofrecido pro bono, es decir, no tendrá costo alguno para las personas que por su condición económica lo necesiten, previo análisis jurídico que del caso se realice, pues será nuestra pequeña contribución a la sociedad para intentar que los servicios públicos médicos de salud cambien y se profesionalicen en beneficio de todas las personas que los requieren.
Pueden acudir a nuestras oficinas de RUBIO & MARTINEZ ABOGADOS ubicadas en calle Centenario número 243 zona centro de Rioverde, S.L.P., visitar nuestra página en Facebook con el mismo nombre o programar su cita al número 487 87 2 13 43, donde con gusto serán atendidos.