04/12/2024
Emitimos la 180/2024 al ISSSTE por vulnerar los de una víctima a quien otorgó licencia parcial de maternidad
• Al negarle permiso completo, se vulneraron los derechos humanos de la víctima a la igualdad para la protección a la maternidad y el derecho a la protección a la salud
Personal médico y administrativo de la Clínica Iztapalapa II, en la Ciudad de México, otorgó una licencia parcial de maternidad a una mujer, argumentando que realizó la solicitud cuando ya había nacido su bebé —a pesar de que se la habían negado antes del parto—, por lo cual, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 180/2024 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
La víctima, quien tenía un embarazo de alto riesgo, realizó un seguimiento constante en la clínica y notificó que recibiría atención en un hospital particular. En su momento, se le negó la licencia de maternidad debido a que no cumplía con el tiempo mínimo de gestación. Sin embargo, dio a luz el 20 de octubre de 2023 sin el permiso, y posteriormente, se le otorgó una licencia de solo ocho semanas en lugar de las doce correspondientes. Esto llevó a la mujer a presentar una queja ante la CNDH el 29 de noviembre de 2023.
El análisis jurídico realizado por personal de la CNDH acreditó que no existía impedimento alguno para que se le otorgarán las cuatro semanas prenatales de licencia de maternidad con posterioridad al nacimiento de su bebé, por lo que es ilegal que le hayan negado la licencia completa, ya que el periodo de descanso por maternidad y el pago de salario correspondiente no deben ser menores a doce semanas, tal y como lo dispone la la Organización Internacional del Trabajo, incluso en el caso de un parto prematuro o problemas de índole administrativo que no son responsabilidad de la víctima.
Ante estos hechos, la CNDH recomendó al ISSSTE:
1. Colaborar en la inscripción de la víctima en el Registro Nacional correspondiente.
2. Trabajar con el Órgano Interno de Control del ISSSTE en el trámite y seguimiento de la denuncia, para que se finquen responsabilidades a las personas servidoras públicas implicadas.
3. Revisar el marco jurídico nacional e internacional sobre la licencia de maternidad, siguiendo los principios de interpretación conforme y pro persona.
4. Proporcionar formación especializada en derechos humanos a las personas encargadas de expedir licencias médicas por maternidad en la Ciudad de México, con el fin de prevenir situaciones similares en el futuro.
Los puntos recomendatorios están enfocados en la importancia de la prevención y la correcta aplicación de los derechos sociales, especialmente en lo que respecta al derecho de las mujeres trabajadoras a una maternidad digna. Garantizar que las trabajadoras reciban la licencia de maternidad adecuada no solo es un compromiso con la justicia social, sino también con el respeto a su salud y bienestar. La falta de un marco normativo claro y la ausencia de capacitación adecuada pueden generar situaciones que vulneran los derechos fundamentales de las mujeres. Es fundamental que las instituciones responsables promuevan políticas preventivas, sensibilicen a su personal y aseguren que se cumplan los derechos laborales establecidos, para que todas las mujeres puedan vivir su maternidad de manera plena y sin obstáculos, sin que esto represente un riesgo para su estabilidad laboral ni personal.
La Recomendación 180/2024 ya fue debidamente notificada y puede consultarse en la página web cndh.org.mx.
Revísala: 👇🏾
🟢 http://cndh.org.mx/documento/recomendacion-1802024
¡Defendemos al pueblo!