04/03/2026
De conformidad al artículo 181 de la LGSM las sociedades mercanties deben celebrar una asamblea anual de accionistas (obligatoria) por lo menos una vez al año, dentro de los primeros 4 meses tras el cierre del ejercicio fiscal. Su propósito es aprobar los estados financieros, evaluar la gestión de administradores y comisarios, decidir sobre la distribución de utilidades y ratificar cargos.
Los acuerdos tomados deben formalizarse ente fedatario y registrarse en los libros corporativos. Esta asamblea es el máximo órgano de decisión, donde se define la dirección económica y administrativa de la compañía.
Obligatoriedad: Estipulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles para evitar riesgos legales, multas y mantener el orden corporativo.
Temas Principales:
Revisión y aprobación del balance general y estados financieros del año anterior.
Informe del consejo de administración y del comisario.
Distribución de utilidades o creación de fondo de reserva legal.
Nombramiento o ratificación de los administradores y comisarios.
Convocatoria: Debe realizarse con anticipación, al menos 15 días antes de la sesión, notificando a los accionistas y detallando el orden del día.
Lugar: Se lleva a cabo en el domicilio social de la empresa.