Cultura juridica

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11/08/2026

Tema legal y de gran importancia escúchanos 1 vez mensual por RTQ.

01/08/2026

Agradezco a Morena por la invitación a dar ésta ponencia.
Evento abierto a público y sin costo.
Los esperamos.
Lic. Eli Espino
Cel. 4424089014.

31/07/2026
En la profesión del abogado litigante, la capacitación continua es una aliciente importante para estar a la vanguardia d...
31/07/2026

En la profesión del abogado litigante, la capacitación continua es una aliciente importante para estar a la vanguardia de las reformas de nuestro marco jurídico mexicano.
Ya estamos en el diplomado "FORMACIÓN COMO DEFENSOR RSPECIALIZADO EN DERECHOS DE LAS INFANCIAS". Que da cumplimiento a los art. 666 y 800 del Nuevo Código Nacional de procedimientos civiles y familiares, y que recordemos, en Querétaro daremos inicio con este nuevo sistema el próximo año 2027.

Lic. Eli Espino.
Cel. 4424089014.

Hoy nos tocó recorrido por fiscalías: 1._Especializada en investigación de delitos sexuales y violencia familiar. 2._Esp...
15/07/2026

Hoy nos tocó recorrido por fiscalías:
1._Especializada en investigación de delitos sexuales y violencia familiar.
2._Especializada en homicidios
3._Especializada en justicia para adolescentes.

Las fiscalías deben mejorar sus servicios y calidad. El tiempo promedio de atención es de 40 minutos hasta 2 horas..

Después de un fin de semana muy bendecido. Iniciamos la semana con trabajo de escritorio para promover en fiscalías. Est...
06/07/2026

Después de un fin de semana muy bendecido. Iniciamos la semana con trabajo de escritorio para promover en fiscalías.
Estamos a sus órdenes para cualquier asesoría legal.
Cel. 4424089014.

29/05/2026

Un gobernador, o incluso el presidente a nivel federal, tiene la facultad de vetar una ley que ha sido aprobada por el Congreso. Esta capacidad de veto es una prerrogativa constitucional del Poder Ejecutivo, que le permite detener o suspender la promulgación de un proyecto de ley, devolviéndolo al órgano legislativo con sus observaciones. Para contrarrestar esta acción, existen las siguientes normas generales:

El Congreso posee la potestad de anular el veto del gobernador si logra una votación calificada, que usualmente requiere dos terceras partes de los votos. Si se alcanza esta mayoría, la ley es aprobada y el Ejecutivo está obligado a promulgarla. En caso de que el Congreso no consiga los votos necesarios para superar el veto, la ley no entrará en vigor.

Si el gobernador argumenta que la ley es inconstitucional, además de vetarla, puede presentar una impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Asimismo, el veto puede manifestarse de dos maneras:
Veto total: Implica el rechazo completo del proyecto de ley.
Veto parcial (o por observaciones): El gobernador propone modificaciones o eliminaciones.

O bien modifica solo algunos artículos específicos de la ley. Es importante destacar que el derecho de veto aplica únicamente a la legislación ordinaria y no a las decisiones internas del Congreso o a cambios constitucionales en los que el Ejecutivo no tiene facultades de intervención..

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Querétaro
76000

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Lunes 10am - 7pm
Martes 10am - 7pm
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Viernes 10am - 7pm

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