05/04/2023
Cosas que a lo mejor no sabias del Reparto de Utilidades
Artículo 127 LFT: El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas siguientes:
Fracc. VII. Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos.