25/03/2026
Te platico algo breve sobre la propiedad donde vives con tu hij@ menor de edad: ➡️
Imagina que vives en la casa que fue de tu ex, y que posterior a una disolución de un vínculo matrimonial, se determinó que el inmueble en el que habitaba tu hijo menor de edad contigo no formaba parte de la sociedad conyugal.
Mañosamente, el padre después de contraer nuevas nupcias desea recuperar la propiedad (si, donde actualmente vives) mediante una donación (artimaña jurídica) a su nueva pareja. Por lo que inicia la nueva esposa/pareja un juicio.
En este tipo de juicios, la propiedad el cual se había constituido como el medio para la satisfacción del derecho de alimentos, en su vertiente de habitación, la persona juzgadora debe analizar con perspectiva de infancia y adolescencia todo el contexto fáctico, e incluso recabar pruebas de manera oficiosa, a fin de que al resolver se pondere la posible vulneración a ese derecho sustantivo, aunque la persona menor de edad no sea parte en el procedimiento, especialmente si cuenta con alguna discapacidad.
Es decir, no va a proceder la acción intentada por el padre. ⚖️👩⚖️
Reg. Dig. 2031879