25/04/2025
¿ERES JUBILADO DEL IEEPO? ¡TIENES DERECHO A TU PRIMA DE ANTIGÜEDAD!
La Ley Federal del Trabajo establece que la prima de antigüedad debe otorgarse a los trabajadores por el transcurso del tiempo de sus servicios, y consiste en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios; es decir, el patrón de manera unilateral debe de realizar este pago a sus trabajadores que hayan cumplido quince años de servicios por lo menos.
Sin embargo, en la práctica no es así, ya que el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), no paga esta prestación a sus jubilados y pensionados, dejando transcurrir el tiempo para que este derecho no sea exigible, ya que el trabajador únicamente cuenta con el término de un año para interponer su demanda correspondiente, y así obligar a la citada autoridad a que cumpla con dicho mandato.
Ese es el primer obstáculo al que se enfrentan los trabajadores retirados, ya que si pasa más de un año (contados a partir de su fecha de término que contempla su hoja única de servicios), el dinero que les corresponde por dicha prestación, ya no se puede recuperar.
Ahora bien, ¿Cómo se calcula? Supongamos que usted se jubiló en este año 2025, y el salario que percibía al momento de la jubilación era de $10,000.00 quincenales, lo cual equivale a $666.66 diarios, cantidad que excede el salario mínimo vigente al momento de su jubilación, el cual asciende a $278.80 y el doble de la referida cantidad es de $557.60, que se considera como base.
Ahora bien, esta última cantidad se multiplica por 12 (que son los días de salario por año), dándonos la cantidad de $6,691.20, misma que se multiplica por el número de años laborados (en el presente ejemplo consideramos 33 años), a partir de 1992 (fecha en que formalmente se creó el IEEPO), dando un gran total de $220,809.60.
¿Aún sigues pensando que no vale la pena recuperar tu prima de antigüedad? ¡Contáctanos!