27/05/2026
🚨 | La protege a quienes habitan cerca de proyectos o actividades con posibles impactos ambientales para reconocer su interés legítimo y promover un juicio de ampro.
🌱 El Pleno determinó que quienes habitan cerca de proyectos o actividades con posibles impactos ambientales tienen interés legítimo para promover un juicio de amparo.
🛖 En el caso, personas de las comunidades mayas de Sitilpech, Kinchil y Chapab que viven en el entorno adyacente, impugnaron la norma técnica que regula las granjas porcícolas en Yucatán, al considerar que podría impactar su territorio, su entorno y su vida comunitaria.
⚖️ Además, la Corte señaló que, cuando integrantes de pueblos indígenas reclaman la vulneración del derecho a la consulta previa, libre e informada no puede negárseles de inicio el acceso a la justicia, sino que el análisis debe realizarse con enfoque de derechos humanos y protección reforzada.
🔄 Por ello, se ordenó reponer el procedimiento para que se estudie el fondo del asunto.
📄 Amparo en Revisión 451/2025.